l. Que el actual Aeropuerto Internacional Juan Santamaría (AIJS), se construyó a finales de la década de los años 50 y durante la década del 2000 fue ampliado y mejorado para satisfacer las necesidades del transporte aéreo de la época. 11. Que en la actualidad el 83% del tráfico internacional de Costa Rica proviene del AIJS. 111. Que con el paso del tiempo, el AIJS ha presentado una serie de limitaciones físicas entre las que se destacan: i) Imposibilidad de ampliar la pista, necesaria para la operación de las nuevas aeronaves comerciales en uso; ii) el dimensionamiento y las instalaciones del lado aéreo no cumplen con las normas y métodos recomendados por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI); iii) Cercanía a centros poblados lo cual causa problemas ambientales de ruido y, eventualmente, por seguridad. IV. Que entre los años 1977 y 2012 se llevaron a cabo una serie de estudios técnicos, entre los cuales destacan: i) 1977, Plan Maestro AIJS de R. Dixon Speas Associates. ii) 1981, R. Dixon Speas Associates. "Proyecto para la revisión y actualización del plan maestro del AIJS", PRC Speas una división of PRC Planning DECRETO EJECUTIVO N ° 40430-MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES En el ejercicio de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del numeral 140 de la Constitución Política; artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1, 28 inciso b) de la Ley General de Administración Pública, N ° 6227 del 2 de mayo de 1978, el artículo 2 inciso b) Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes N° 3155 del 5 de agosto de 1963; los artículos 1, 2, 10, 91 y 92 de la Ley General de Aviación Civil, N ° 5150 del 14 de mayo de 1973, y los artículos 1, 3, 5, y 18 de la Ley de Expropiaciones, Ley N ° 7495 del 03 de mayo de 1995. CONSIDERANDO & Economics. iii) 1992, JICA (Agencia de Cooperación Internacional del Japón), 11 Estudio del desarrollo de tres aeropuertos internacionales en la República de de Costa Rica". iv) 1997, Tams Consultants, lnc. "Estudio de modernización y ampliación del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría y selección de sitio para un nuevo aeropuerto". v) 2010, INECO Estudio de Capacidad del Lado Aire. "Aeropuerto Juan Santamaría SJO". vi) 2011, Landrum & Brown, "Actualización de plan maestro AIJS AERIS. Capacidad del aeródromo". vii) 2011, INECO. "Estudio de emplazamiento del futuro aeropuerto de San José", y viii) 2012. Misión de asesoramiento sobre la planificación de transporte de la República de Costa Rica. V. Que los estudios anteriormente descritos resaltaron problemas de capacidad del AIJS, ya que se ha determinado que alcanzará su capacidad máxima aproximadamente para el año 2025, y concluyeron que la zona apta para el desarrollo de una nuevo aeropuerto es la zona Pacífica, particularmente, el cantón de Orotina. En ese sentido el "Estudio de emplazamiento del futuro aeropuerto de San José", realizado por la empresa INECO en el año 2011, se concluye que el sitio más apropiado por su cercanía con la Gran Área Metropolitana es Orotina, sitio favorable para el emplazamiento de un aeropuerto, donde se podrá integrar los diferentes medios de transporte o intermodal. VI. Que el 16 de mayo del 2016 se realizó contrato entre Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (COCESNA) y Mott MacDonald Limited, con el apoyo de las firmas expertas Gensler Arquitects, FSA (Costa Rica) y EnRoute (España), con el objetivo de elaborar un nuevo estudio de emplazamiento y un plan maestro para el Aeropuerto Internacional Metropolitano de Costa Rica. VII. Que dicho estudio señala que el nuevo aeropuerto es viable desde el punto de vista constructivo, operativo y es financiable mediante una asociación público­ privada, con el propósito de que se adapte a los requerimientos técnicos y, que permita también, afrontar el crecimiento en la demanda. VIII. Que el estudio indicado tuvo los siguientes resultados: i) Oportunidad para construir infraestructura de primer nivel mundial ante el aumento sostenido en la cantidad de pasajeros, nuevas aerolíneas, inversiones y exportaciones. ii) Viabilidad constructiva, operativa y financiera del nuevo aeropuerto. iii) El estudio aporta fundamentos para la declaración de interés público y nacional. IX. Que el cantón de Orotina se encuentra ubicado casi a nivel del mar, lo que genera ventajas aeronáuticas que permiten a los aviones despegar con más peso y menos consumo de combustible. Es de los pocos lugares que quedan con extensión de terreno plano, sin obstáculos naturales como montañas, además en un lugar que no cuenta con construcciones altas, posee un buen clima, cuenta además con factores favorables como la orografía y obstáculos, factores ambientales y afección acústica, acceso y desarrollos territoriales en el entorno del aeropuerto. X. Que el nuevo aeropuerto generará un aproximado de 80 mil empleos directos, indirectos e inducidos por la actividad para el año 2047. Asimismo, tendrá un impacto aproximado de $1500 millones de dólares anuales en el producto interno bruto nacional, por el transporte aéreo y la generación de empleo. XI. Que el proyecto de construcción del nuevo aeropuerto se encuentra registrado en el banco de proyectos de inversión pública {BPIP) del Ministerio de Planificación y Política Económica, bajo el código 001392. XII. Que se considera necesario declarar de interés público todas las actividades relacionadas con la planificación, financiamiento, construcción, desarrollo y ejecución del Aeropuerto Internacional Metropolitano de Costa Rica, a efectos de que las instituciones de la Administración Central y Descentralizada, así como el sector privado, puedan brindar colaboración en el desarrollo exitoso del nuevo aeropuerto. Por tanto, DECRETAN: "DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL DE LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PLANIFICACIÓN, FINANCIAMIENTO, CONSTRUCCIÓN, DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL METROPOLITANO DE COSTA RICA" Artículo 1.- Se declaran de interés público y nacional las actividades relacionadas con la planificación, financiamiento, construcción, desarrollo y ejecución del Aeropuerto Internacional Metropolitano de Costa Rica, a ubicarse en los distritos de Mastate, Coyolar y la Ceiba del cantón de Orotina, así como el estudio estudio de emplazamiento y el plan maestro para el Aeropuerto Internacional Metropolitano de Costa Rica. Artículo 2.-Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades indicadas en el artículo anterior. Artículo 3.-Se instruye al Consejo Técnico de Aviación Civil (CETAC) para que proceda a la actualización del proyecto "Construcción del aeropuerto metropolitano 2025" inscrito en el banco de proyectos de inversión pública (BPIP) del Ministerio de Planificación y Política Económica, bajo el código 001392. Artículo 4.-Se instruye al CETAC para que proceda· a coñformar un· grupo técnrco a efectos de que inicie la implementación de las acciones necesarias para el desarroll.o del . proyecto del aeropuerto mencionado. Artículo 5.-Rige a partir de su publicación. Carlos Villalta Villegas PÚBLICAS Y TRANSPORTES 1 vez.—O. C. N° 789.—Solicitud N° 20120.—( IN2017142403 ).