Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes2017-04-062017-04-062009http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/2944Modificación del artículo 14: Para la operación de los respectivos servicios la tarifa será autorizada por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de conformidad con la Ley No.7593 y su Reglamentación.TRANSPORTE PUBLICOAUTOBUSESTAXISTARIFASCAD-35207Decreto 35207 Modificación al artículo 14 del Decreto Ejecutivo No.34992-MOPT, Reglamento para el Otorgamiento de Permisos de Operación en el Servicio Regular de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores ColectivosLeyes, decretos, etc.