Costa Rica. Ministerio de Hacienda2017-04-062017-04-061993http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/572No vigente,Publicado en La Gaceta no. 218, 15 noviembre de 1993Los jerarcas de las instituciones públicas, si así lo consideran, quedan facultados de reconocer la vigencia del Contrato de Dedicación Exclusiva de los funcionarios que cambian de Institución.SERVICIO CIVILCONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJOADMINISTRACION PUBLICADEDICACION EXCLUSIVAD-22654Addendum al contrato de dedicación exclusivaLeyes, decretos, etc.