Costa Rica. Ministerio de Hacienda2018-06-112018-06-112018http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/4004Publicado en el Alcance Digital no. 115, a La Gaceta no. 100, 6 de junio del 2018Las instituciones del Poder Ejecutivo que se encuentren ejecutando o que estén por contratar el arrendamiento de edificios, locales o terrenos deberán apegarse al artículo 67 del la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos al renegociar el reajuste anual de precio del alquiler y asegurar ahorro y uso razonable de los recursos públicos en la adaptación del costo del arrendamiento.esDIR-008-2018GASTOS PUBLICOSALQUILERESEDIFICIOSBIENES INMUEBLESDirectriz 008. Directriz dirigida al Sector Público. "Orientación para el alquiler de bienes inmuebles en el Sector Público"Legislation