Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes2017-04-062017-04-061994http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/674Se reforma el artículo 2 del decreto ejecutivo No.5, vigente según decreto No.154 del 19 febrero de 90,Publicado en La Gaceta no. 142, 27 julio de 1994Los fondos que administre la Comisión serán depositados en fideicomisos y en cuentas corrientes en Bancos Estatales, detalla otros aspectos de carácter financiero.COMITESSEGUROSGASTOS PUBLICOSESTADO ATMOSFERICOACCIDENTESPRIMEROS AUXILIOSURGENCIAS MEDICASD-23488Comisión Nacional de EmergenciasLeyes, decretos, etc.