Costa Rica. Ministerio de Justicia y PazCosta Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes2017-04-062017-04-061997http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/1088Publicado en La Gaceta no. 223, 19 noviembre de 1997,No vigenteLas placas provisionales o temporales tendrán una vigencia indefinida hasta tanto el Registro Público de la Propiedad de Vehículos cuente con la placa metálica.REGISTRO PUBLICOPLACA DE MATRICULAVEHICULOSLEY DE TRANSITO POR VIAS PUBLICAS TERRESTRESD-26489Renovación de las placas temporalesLeyes, decretos, etc.