Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes2017-04-062017-04-062014http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/3366Publicado en La Gaceta no. 105, 03 junio del 2014El manual para la Aplicación del Código PBIP (Código de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias) en Instalaciones Portuarias, que se oficializa mediante el presente Decreto Ejecutivo, tiene el propósito de establecer una metodología uniforme y de consulta permanente para que las instalaciones portuarias del país utilizadas para el comercio internacional, cumplan las disposiciones del Capítulo XI-2 Medidas Especiales para Incrementar la Protección Marítima del Convenio Internacional SOLAS (Safety Of Life at Sea) 1974, cuya vigilancia de cumplimiento estará a cargo de la Dirección de Navegación y Seguridad del Ministerio de Obras Públicas.CODIGO PBIPINSTALACIONES PORTUARIASPUERTOSBUQUESBARCOSMETODOLOGIAPROTECCION MARITIMADIRECCION DE NAVEGACION Y SEGURIDADMANUALPUD-38401Decreto 38401 Oficialización del Manual para la aplicación del Código PBIP en instalaciones PortuariasLeyes, decretos, etc.