Costa Rica. Presidencia de la RepúblicaCosta Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica2022-03-022022-03-022022http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/4671Gaceta No. 41, del 2 de Marzo del 2022El presente reglamento tiene como objeto normar la aplicación del principio de subsidiariedad contenido en el artículo 3 inciso a) de la Ley General de Transferencia de Competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades, Ley N°8801 de 28 de abril de 2010, a efecto de regular las relaciones entre el Poder Ejecutivo y las municipalidades, ante la eventual necesidad de que este Poder de la República deba asumir de manera excepcional, temporal y subsidiaria el ejercicio de la competencia transferida, cuando una municipalidad se encuentre ante la imposibilidad de ejercitar la competencia y lo amerite el interés público y la protección de los derechos de los vecinos de un cantón. La eventual aplicación del principio de subsidiariedad, se hará en estricto apego de la autonomía municipal, garantizada constitucionalmente y previa solicitud expresa de la municipalidad que así lo requiera.esD- 43260MUNICIPALIDADESEJERCICIOS DE COMPETENCIASDecreto No. 43260. Reglamento para la Aplicación del Principio de Subsidiariedad para el Ejercicio de Competencias Transferidas del Poder Ejecutivo a las MunicipalidadesLegislation