Costa Rica. Ministerio de la Presidencia2017-04-062017-04-061995http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/926Publicado en La Gaceta no. 210, 06 noviembre de 1995El pago de tiempo extraordinario es exclusivo en aquellos casos de trabajos eminentemente ocasionales y que no puedan ser ejecutados durante la jornada ordinaria del personal.REGLAMENTOSRECURSOS HUMANOSPAGO DE TIEMPO EXTRAORDINARIOHORAS EXTRASLEGISLACIONADMINISTRACION PUBLICAFUNCIONARIOS PUBLICOSSALARIOSREG-06-11-1995Normas que regulan el pago de tiempo extraordinario en el sector público para 1996Leyes, decretos, etc.