Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesCosta Rica. Ministerio de Salud2021-07-302021-07-302021http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/4584Publicado en el Alcance Digital no. 148, a La Gaceta no. 146 de JulioEl Decreto Ejecutivo N.° 43134 reforma el Decreto Ejecutivo N.° 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, relativo a la restricción vehicular diurna adoptada como medida ante el estado de emergencia nacional por el COVID-19 en Costa Rica. La reforma establece el período de aplicación de la restricción vehicular diurna desde las 05:00 horas del 13 de abril de 2020 hasta las 20:59 horas del 1° de septiembre de 2021, inclusive, prohibiendo el tránsito vehicular en todo el territorio nacional dentro de la franja horaria definida, salvo las excepciones previamente establecidas. Asimismo, incorpora disposiciones transitorias que refuerzan la medida durante fechas específicas de alta movilidad, con el objetivo de mitigar la propagación del virus y proteger la salud pública.esD-43134-MOPTCOVID-19RESTRICCION VEHICULAREMERGENCIA NACIONALDecreto 43134. Reforma al Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, denominado Restricción Vehicular diurna ante el estado de Emergencia Nacional en todo el territorio costarricense por el Covid-19Legislation