Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes2017-04-062017-04-062010http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/3093Publicado en el Alcance no. 29 a La Gaceta no. 224, 18 noviembre del 2010.Las instituciones que conforman el Sector Infraestructura y Transportes (desconcentradas y autónomas), deberán remitir a la Dirección de Planificación Sectorial, que funge como Secretaría Sectorial, todos los proyectos, planes y programas de inversión que vayan a desarrollar en su respectiva instituciones, con la finalidad de que el Ministro Rector constate que éstos respondan a los objetivos sectoriales, establecidos en los planes de largo y mediano pla<zo, así como emitir los avales o vistos buenos que establece la normativa citada.DIRECCION DE PLANIFICACION SECTORIALINFRAESTRUCTURATRANSPORTEPROYECTOINVERSIONES PUBLICASSECRETARIA SECTORIALCADIR-5528-2010Directriz 5528-2010 Secretaría Sectorial (Dirección de Planificación Sectorial)Leyes, decretos, etc.