Costa Rica. Asamblea Legislativa2017-04-062017-04-062001http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/2286Publicado en el Alcance no. 81 a La Gaceta no. 216, 09 noviembre del 2001.Se adiciona en el artículo 196 - violación de comunicaciones, artículo 217, fraude informático, artículo 229 - alteración de datos y sabotaje informático.CODIGO PENALVIOLACION DE COMUNICACIONESFRAUDE INFORMATICOSOPORTES ELECTRONICOSSOPORTES INFORMATICOSSOPORTE MAGNETICOSINFORMATICAL-8148Ley 8148. Adición de los Artículos 196 Bis, 217 Bis, y 229 Bis, al Código Penal Ley No.4573, para reprimir y sancionar los delitos informáticosLeyes, decretos, etc.