Costa Rica. Ministerio de la PresidenciaCosta Rica. Ministerio de Hacienda2025-09-172024https://repositorio.mopt.go.cr/handle/123456789/5153Publicado en el Alcance No. 156 a La Gaceta N°. 167, martes 10 de setiembre del 2024.Artículo 1°: Las entidades y órganos del Poder Ejecutivo, a partir de la publicación de la presente Directriz, deberán efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, estableciendo el requisito desde el pliego de condiciones de las contrataciones públicas, siempre y cuando las circunstancias del mercado lo ameriten y ello no cause un perjuicio a la satisfacción del interés público, lo cual deberá quedar acreditado dentro del expediente de la contratación.esDIR-044-H-2024MONEDA NACIONALCONTRATACIONES PUBLICASBIENES Y SERVICIOSDirectriz N° 044-H. Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, dirigida al sector públicoOther