Costa Rica. Ministerio de Salud Pública2017-04-062017-04-062016http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/3429Publicado en el Alcance no. 239 a La Gaceta no. 209, 21 noviembre del 2016.Se hace necesario y oportuno, en cumplimiento del rol rector de la producción social de la salud que tiene el Ministerio de Salud, hacer una diferenciación de actividades como excepción, para el horario diurno y para el nocturno, garantizando de esta manera, que las administraciones presten de forma continua, regular, eficaz, y eficiente los servicios públicos.CONTAMINACIONCONTAMINACION POR RUIDORUIDOEXCEPCIONESMEDIO AMBIENTECARRETERASD-39900Decreto 39900 Reforma del artículo 15 del Decreto Ejecutivo No.39428-Sdel 23 de noviembre del 2015 Reglamento para el control de la contaminación por ruidoLeyes, decretos, etc.