JAPDEVA (Costa Rica)2017-04-062017-04-062014http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/3389Publicado en La Gaceta no. 85, 06 mayo del 2014Se entenderá por Arraigo Profesional para los efectos de este reglamento, el incentivo económico de un treinta por ciento sobre su salario base, que se les retribuirá a los funcionarios con grado académico de profesional, por la permanencia como profesional altamente calificado en la institución, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 57 de la Convención Colectiva.ARRAIGO PROFESIONALJAPDEVACOMISIONCOMITESREG-06-05-2014Modificación al Reglamento de Arraigo ProfesionalLeyes, decretos, etc.