Costa Rica. Ministerio de Salud Pública2017-04-062017-04-061998http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/1230Publicado en La Gaceta no. 41, 27 febrero de 1998Es obligación de todo conductor el debido uso del cinturón de seguridad, así como velar porque los demás pasajeros que lo acompañen, también lo utilicen adecuadamente.CINTURON DE SEGURIDADSEGURIDAD VIALACCIDENTES DE TRANSITOLEY GENERAL DE SALUDVEHICULOSDISPOSITIVOS DE SEGURIDADCAD-26717Cinturón de seguridadLeyes, decretos, etc.