Costa Rica. Ministerio de Hacienda2017-04-062017-04-062016http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/3469Publicado en el Alcance no. 40 a La Gaceta no. 50, 11 marzo del 2016.El presente Decreto cubre únicamente a aquellos vehículos, que a la fecha de entrada en vigencia del mismo, se encuentran en estado de abandono a tenor de lo establecido en la Ley General de Aduanas y que sean considerados como altamente deteriorados y se encuentren bajo control de la autoridad aduanera en instalaciones de las Aduanas, portuarias o en un depositario aduanero, por no poder ser sometidos a subasta pública.VEHICULOSADUANASDEPOSITO ADUANEROVEHICULOS DETERIORADOSD-39544Decreto 39544 Regular los vehículos altamente deterioradosLeyes, decretos, etc.