Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía2017-04-062017-04-062004http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/2126Publicado en La Gaceta no. 217, 05 noviembre del 2004Toda iniciativa que realicen las instituciones y empresas del Estado prestatarios de un servicio público con insumo de agua, tendiente a incorporar en las tarifas los costos por el ajuste ambiental procedente del reconocimiento del agua como bien y servicio con valor económico y social; deberá realizarse mediante el conocimiento y coordinación previa con el Ministerio de Ambiente y Energía.PODER EJECUTIVOINSTITUCIONES AUTONOMASMEDIO AMBIENTETARIFASAGUACONCESIONESRECURSO HIDRICODIR-035-2004Dirigida a los ministerios de estado y presidentes ejecutivos de las instituciones autónomas del estadoLeyes, decretos, etc.