Costa Rica. Presidencia de la RepúblicaCosta Rica. Ministerio de SaludCosta Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialCosta Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica2022-03-022022-03-022022http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/4670Publicado en la Alcance No. 44 A La Gaceta No. 40 del 1° de marzo del 2022Se reformo el párrafo primero del Transitorio II de la Directriz N° 077-S-MTSS-MIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COVID-19, para que en adelante se lea de la siguiente manera: “Transitorio II.-Se instruye a la Administración Central y se insta a la Administración Descentralizada, a retomar durante el período comprendido del 19 de mayo de 2021al 6de marzo de 2022, inclusive, el plan de servicio básico de funcionamiento, de manera que se garantice la continuidad de aquellas tareas estrictamente necesarias para asegurar el fin público institucional y se garantice el funcionamiento de las oficinas regionales y/o rurales que brinden atención al público en el país. Para dichos efectos, las instituciones podrán requerir la asistencia máxima del 20% del total de su planilla.esEMERGENCIA NACIONALCOVIC-19ADMINISTRACION PUBLICADIR-131Directriz No. 131. Dirigida A La Administración Pública Central y Descentralizada “Reforma A La Directriz N° 077-S-Mtss-Mideplan del 25 de marzo de 2020, Sobre El Funcionamiento de Las Instituciones Estatales Durante La Declaratoria De Emergencia Nacional Por Covid-19”Legislation