Costa Rica. Ministerio de la PresidenciaCosta Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes2017-04-062017-04-061991http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/950Publicado en La Gaceta no. 98, 24 mayo de 1991,No vigenteLos buques de pesca de bandera y registro extranjeros que incursionen las aguas territoriales o jurisdiccionales de Costa Rica, deberán someterse a las leyes y reglamentos vigentes y en general, al ordenamiento jurídico.REGLAMENTOBUQUES PESQUEROSINDUSTRIA PESQUERABARCOSPUERTOSMUELLESD-20404Reglamento para Regular y Controlar el Paso de Buques Pesqueros de Bandera y Registro Extranjero por el Mar Territorial y Jurisdiccional de la República de Costa RicaLeyes, decretos, etc.