Instituto Costarricense de Ferrocarriles2017-04-062017-04-062005http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/2340Publicado en La Gaceta no. 64, 04 abril del 2005Se hace necesario que el Instituto cuente con un reglamento que regule las condiciones en que se refrendarán aquellas contrataciones internas, según se traten de bienes o servicios no personales, que involucren compromisos de fondos públicos.INCOFERCONTRATACIONREFRENDO INTERNOCONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICAREQUISITOSREG-04-04-2005Reglamento de refrendo interno de contrataciones del Instituto Costarricense de Ferrocarriles que por su monto o naturaleza no requieren del refrendo contralorLeyes, decretos, etc.