Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialCosta Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes2017-04-062017-04-062016http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/3446Publicado en el Alcance no. 120 a La Gaceta no. 134, 12 julio del 2016.El presente decreto ejecutivo establece a los Ministerios y sus órganos adscritos ubicados dentro del Area Metropolitana de San José deberán aplicar un horario escalonado de ingreso y salida de la jornada laboral de sus funcionarios, medida que será implementada hasta el 30 de noviembre del 2016 y la cual podrá ser prorrogada por periodos adicionales de seis meses. Se establecen tres rangos de horario de ingreso de la jornada laboral de los funcionarios, los cuales son los siguientes: a. 6:30 horas b. 8:00 horas c.9:30 horas.HORARIOSHORARIOS ESCALONADOSFUNCIONARIOS PUBLICOSMINISTERIOSADMINISTRACION CENTRALJORNADA ACUMULATIVAD-39793Decreto 39793 Implementación de los horarios escalonados y la jornada acumulativa voluntaria en la Administración CentralLeyes, decretos, etc.