Costa Rica. Ministerio de Hacienda2017-04-062017-04-061980http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/1984Modificación Decretos Ejecutivos No.34 del 2 de junio de 1965, No.2648 del 22 de noviembre 1972 y No.6776 del 19 de febrero de 1977.,Colección de Leyes y Decretos I semestre, tomo I, 1980Están exento de tasa de peaje los vehículos con placas del Poder Ejecutivo, los del cuerpo de bomberos, las ambulancias y los del Organismo de Investigación Judicial que porten placas del Poder Judicial y estén debidamente rotulados.PEAJESVEHICULOSAMBULANCIASBOMBEROSPLACA DE MATRICULAPODER EJECUTIVOPODER JUDICIALCAD-11285Exentos de pago de tasa de peajeLeyes, decretos, etc.