Contador Nacional (Costa Rica)2017-04-062017-04-062007http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/2594Publicado en La Gaceta no. 93, 16 mayo del 2007Las instituciones del Sector Público comprendidas en el artículo 1o de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, tienen la obligación de atender los requerimientos de información que realiza la Contabilidad Nacional, en aras de cumplir con la función de velar porque las instituciones del Sector Público atiendan los principios y la normas e aceptación general en el ámbito gubernamental.SECTOR PUBLICOCONTABILIDADMOVIENTOS CONTABLESDIR-CN-001-2007Dirigida a todas las instituciones del Sector Público CostarricenseLeyes, decretos, etc.