Costa Rica. Asamblea Legislativa2022-07-052022-07-052022http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/4860Publicado del Alcance no. 137 a la Gaceta no. 127; martes 5 de julioLa Ley N.° 10295 dispone la suspensión temporal del mecanismo de actualización del impuesto único a los combustibles establecido en el artículo 3 de la Ley N.° 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias. A partir de su entrada en vigencia y por un plazo de seis meses, la normativa detiene la aplicación de dicho mecanismo con el fin de evitar el incremento automático del impuesto, constituyéndose en una medida de carácter fiscal y económico adoptada por la Asamblea Legislativa. La ley se publica oficialmente para su conocimiento y cumplimiento conforme al ordenamiento jurídico costarricense.esIMPUESTOSCOMBUSTIBLESIMPUESTO A LOS COMBUSTIBLESIMPUESTO ÚNICOL-10295Ley 10295. Ley para detener temporalmente el Incremento del Impuesto Único a Los CombustiblesLegislation