Costa Rica. Ministerio de Hacienda2017-04-062017-04-061998http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/1310Publicado en La Gaceta no. 214, 04 noviembre de 1998Se define la tabla que establece el impuesto que deberán pagar los vehículos citados. Las tarifas son progresivas, el impuesto se pagará sobre el valor que tengan en el mercado interno, en enero de cada año.VEHICULOSTARIFASIMPUESTOSBARCOSAERONAVESAED-27400Actualiza Impuesto a Propiedad de Vehículos Aeronaves y EmbarcacionesLeyes, decretos, etc.