Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes2017-04-062017-04-062001http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/1652Se derogan los decretos ejecutivos No.12827-T-MEIC y Decreto No. 28017 MOPT-MEIC.,Publicado en La Gaceta no. 170, 05 setiembre del 2001Se establece una vida máxima de 15 años desde su fabricación para las unidades de Transporte Colectivo Remunerado de Personas y una vida máxima desde su fabricación de 20 años para servicios especiales.TRANSPORTE PUBLICO (AUTOBUSES, TAXIS)AUTOBUSESSERVICIOS ESPECIALESARANCELES DE ADUANASLINEAS DE AUTOBUSESTRANSPORTE DE ESTUDIANTESCAD-29743Reglamento de vida máxima autorizada para las Unidades de Transporte Colectivo Remunerado de Personas y Servicios EspecialesLeyes, decretos, etc.