Costa Rica. Ministerio de la Presidencia2017-04-062017-04-061995http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/1292Publicado en el Alcance no. 95-A a La Gaceta no. 248, 22 diciembre de 1998.Queda restringido el pago de tiempo extraordinario, la subpartida se podrá contemplar exclusivamente en aquellos casos de trabajos eminentemente ocasionales y que no pueden ejecutarse durante la jornada ordinaria.HORAS EXTRASTIEMPO EXTRAORDINARIOSERVICIO CIVILHACIENDA PUBLICAADMINISTRACION PUBLICAREGLAMENTOREG-22-12-1998Normas para la autorización y pago de tiempo extraordinario en las entidades del sector público centralizado para 1999Leyes, decretos, etc.