Costa Rica. Asamblea Legislativa2017-04-062017-04-061997http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/1095Publicado en La Gaceta no. 156, 14 agosto de 1997El artículo 146 del Código de Trabajo se refiere a las Jornadas en empresas de transportes, de comunicaciones y aquellas de índole especial o continua.CODIGO DE TRABAJODERECHO LABORAL-LEGISLACIONMINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALL-7679Ley 7679. Derogación al artículo 146 del Código de TrabajoLeyes, decretos, etc.