Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes2017-04-062017-04-062012http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/3252Publicado en el Alcance no. 120 a La Gaceta no. 164, 27 agosto del 2012.Al expirar el plazo de ley, por el cual se autorizó al Consejo de seguridad Vial para seguir sufragando el salario de los oficiales de tránsito que forman parte de su planilla en la actualidad, se dispone formalizar el traslado de los mismos a la planilla del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, conservando todos los derechos y beneficios que ostentan dichos servidores a la fecha.CONSEJO DE SEGURIDAD VIALCOSEVIPOLICIA DE TRANSITOOFICIALES DE TRANSITOFUNCIONARIOS PUBLICOSRES-001461-2012Trasladar y/o reubicar en forma permanente a los funcionarios que se detallan (ver gaceta) a continuación del Consejo de Seguridad Vial al Ministerio de Obras Públicas y TransportesLeyes, decretos, etc.