Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Costa Rica)2017-04-062017-04-062004http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/2656Publicado en La Gaceta no. 36, 20 febrero del 2004Se faculta a la Dirección General de la Policía de Tránsito, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para remover los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.VEHICULOSDIRECCION GENERAL DE LA POLICIA DE TRANSITOTRANSITOARESEPRES-3333-2004Autoriza Dirección General de Tránsito a remover vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas sin autorización del Estado (Art.44 Ley Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos No.7593 ARESEP)Leyes, decretos, etc.