Costa Rica. Ministerio de la Presidencia2017-04-062017-04-061998http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/1345Publicado en el Alcance no. 68-A a La Gaceta no. 192, 02 octubre de 1998.Todo movimiento de personal, todo acto, disposición o resolución que afecte la situación legal de ocupación de los puestos cubiertos por el Estatuto y que deban estar en el expediente del servidor, debe tramitarse por Acción de Personal.SERVICIO CIVILRECURSOS HUMANOSACCIONES DE PERSONALEMPLEADOS-SELECCION Y NOMBRAMIENTOSD-27331Movimientos de personal dentro del Régimen de Servicio CivilLeyes, decretos, etc.