Costa Rica. Ministerio de la Presidencia2017-04-062017-04-062009http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/2712Publicado en el Alcance no. 2 a La Gaceta no. 09, 14 enero del 2009.Se hace necesaria la promulgación de un marco jurídico para tomar las medidas de excepción, que señala la Constitución Política y la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, para hacerle frente a los efectos ocasionados por este sismo y mitigar las consecuencias que ocasionó su impacto en las diferentes zonas del país.TERREMOTOSESTADO DE EMERGENCIAEMERGENCIASD-34993Ante las condiciones y daños provocados por el fuerte sismo sentido el día 8 de enero del 2009, a las trece horas con veintiún minutos, se declara estado de emergencia en los cantones de: Alajuela, Grecia, Poas, Alfaro Ruiz y Valverde Vega de la provincia de Alajuela, y los cantones de: Heredia, Barva, Santa Bárbara y Sarapiquí de la provincia de HerediaLeyes, decretos, etc.