Costa Rica. Ministerio de Hacienda2017-04-062017-04-062009http://repositorio.mopt.go.cr:8080/xmlui/123456789/2966Publicado en La Gaceta no. 58, 24 marzo del 2009El gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, para el año 2010 podrá incrementarse hasta un máximo de 6 por ciento con respecto al gasto presupuestario máximo autorizado para el 2009, según el artículo 1o. del Decreto Ejecutivo No.34404-H y sus reformas, publicado en La Gaceta No.56 de 19 de marzo de 2008; del cual se deducirán las ampliaciones a dicho gasto que corresponden a gastos no recurrentes.PRESUPUESTOGOBIERNOAUTORIDAD PRESUPUESTARIAD-35111Directrices Generales de Política Presupuestaria para las Entidades Públicas, Ministerios y demás Órganos, según corresponda, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2010Leyes, decretos, etc.