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    Acuerdo 027. Delegación de firmas del Presidente, Vicepresidenta y Vicepresidente de la República para el dictado de las resoluciones administrativas referente a los derechos laborales de las y los servidores y ex servidores de la Administración Pública
    (Imprenta Nacional, 2018) Costa Rica. Presidencia de la República
    Delegación de firmas del Presidente, Vicepresidenta y Vicepresidente de la República para el dictado de las resoluciones administrativas referente a los derechos laborales de las y los servidores y ex servidores de la Administración Pública y de pensiones bajo la competencia del Poder Ejecutivo, cuando el monto acreditado en ambos casos no supere los ¢ 30.000.000.
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    Acuerdo N.º 045-P. Nombramiento de Ángela Margarita Mata Montero como Viceministra Administrativa y de Gestión Estratégica del MOPT
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República
    Mediante este acuerdo, el Presidente de la República de Costa Rica nombra a Ángela Margarita Mata Montero como Viceministra Administrativa y de Gestión Estratégica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT). El nombramiento se realiza conforme a las facultades constitucionales del Poder Ejecutivo y se publica en el Alcance N.º 112 a La Gaceta N.º 103 del 3 de junio de 2022.
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    Acuerdo N.° 169-MOPT: Nombramiento del señor Luis Miranda Muñoz como Director General A.I. de Aviación Civil
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    El Acuerdo N.° 169-MOPT, emitido por la Presidencia de la República y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), nombra al señor Luis Miranda Muñoz, cédula de identidad 1-0839-0002, como Director General ad interim (A.I.) de Aviación Civil, por el período comprendido entre el 9 de agosto y el 9 de septiembre de 2022. El nombramiento rige por el mismo lapso señalado y fue publicado en La Gaceta N.° 163 del 29 de agosto de 2022.
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    Acuerdo N.° 660-P: Nombramiento de Pablo Camacho Salazar como Viceministro de Infraestructura del MOPT
    (Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Presidencia de la República
    El Acuerdo N.° 660-P, emitido por la Presidencia de la República, nombra al señor Pablo Camacho Salazar, cédula 2-0612-0457, como Viceministro de Infraestructura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT). El nombramiento entra en vigor a partir del 13 de febrero de 2025 y se formaliza en la Presidencia de la República en San José, el 10 de febrero de 2025.
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    Acuerdo Nº 0177-MOPT.
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    ACUERDA: Artículo 1º—Nombrar a la señora Allison Aymerich Pérez, Asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Obras Públicas y Transportes como representante del Ministerio de Obras Públicas, para que ejerza la Presidencia del Consejo Técnico de Aviación Civil, de conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil. Artículo 2º—Nombrar a la señora Danielle Jenkins Bolaños Abogada del Banco Central de Costa Rica, como miembro del Consejo Técnico de Aviación Civil, según el inciso b) del artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil Artículo 3º—Nombrar al señor Mauricio Campos Carrión, Economista de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, como miembro del Consejo Técnico de Aviación Civil, según el inciso b) del artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil. Artículo 4º—Nombrar al señor José María Vargas Callejas, como miembro del Consejo Técnico de Aviación Civil, según el inciso b) del artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil. Artículo 5º—Nombrar al señor Napoleón Murillo García, como miembro del Consejo Técnico de Aviación Civil, según el inciso b) del artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil. Artículo 6º—Nombrar al señor Marcos Castillo Masis, como miembro del Consejo Técnico de Aviación Civil, según el inciso c) del artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil. Artículo 7º—Nombrar al señor William Rodríguez López, Ministro de Turismo, conforme al Acuerdo Ejecutivo de la Presidencia de la República N° 004-P, del ocho de mayo del dos mil veintidós, como miembro del Consejo Técnico de Aviación Civil, según el inciso d) del artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil.
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    Acuerdo Nº 779-P. Autorización al Ministro de Obras Públicas y Transportes para participar en reunión de cooperación técnica en Corea del Sur
    (Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    El Acuerdo N.° 779-P autoriza al ministro de Obras Públicas y Transportes, Efraím Zeledón Leiva, a participar en la reunión de cooperación técnica denominada “Análisis de las mejores prácticas de aeropuertos líderes en términos de logística de carga aérea y procesos de facilitación del comercio”. La actividad se celebrará en las ciudades de Incheon y Gimpo, Corea del Sur, del 1 al 6 de setiembre de 2025.
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    Acuerdo No. 095-MOPT.
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    Artículo 1º—Integrar como miembros del Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad, en representación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los señores: a) Tomás Figueroa Malavassi, portador de la cédula de identidad número 1-1072-0326, mayor, casado, Ingeniero Civil, vecino de Alajuela. b) Ángela Mata Montero, portadora de la cédula de identidad número 1-1024-0023, mayor, casada, Máster en Administración de Proyectos, vecina de Tibás.
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    Acuerdo No. N° 674-P. Renuncia y nombramiento de la Viceministra Administrativa y de Gestión Estratégica del MOPT.
    (Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Presidencia de la República
    El acuerdo dispone de la renuncia de Sylvia Andrea Soto Rojas al cargo de Viceministra Administrativa y de Gestión Estratégica del MOPT, efectiva a partir del 4 de marzo de 2025, y el nombramiento de Suleyka Aymerich Pérez en el mismo puesto, con efecto desde el 5 de marzo de 2025, dando continuidad a la gestión administrativa del ministerio.
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    Acuerdo N° 001-P. Con fundamento en las facultades que le confiere el artículo 139, inciso 1) de la Constitución Política. ACUERDA: Artículo 1 º- Nómbrese Ministros de Gobierno a:
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República
    Artículo 1 º- Nombramiento de Ministros de Gobierno 2022
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    Acuerdo N° 0127-MOPT. El Presidente de La República y El Ministro de Obras Publicas y Transportes
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    Artículo !!!-Nombrar en calidad de funcionario ad honorem a la señora Rosaura Montero Chacón, portadora de la cédula de identidad número 1-0410-0570, mayor, viuda, Abogada, vecina de Guachipelín de Escazú, en el cargo de Directora a.i. de la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Artículo 2!! La señora Montero Chacón, podrá hacer uso de oficina del MOPT, equipo computo, correo electrónico, sistemas informáticos administrativos, vehículos y todos los insumos que sean necesarios para el desempeño de su labor.
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    Acuerdo N° 052-P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República
    Artículo 1º—Nombrar como Viceministros de Gobierno a:• Luis Alejandro Guillén Guardia, cédula de identidad N° 1 0420 0588, como Viceministro de Infraestructura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. • Wendy Lucía Molina Varela, cédula de identidad 1 09860834, como Viceministra de Planificación del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Artículo 2º—Rige a partir del primero de junio del dos mil veintidós
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    Decreto 43123. Reforma al Decreto Ejecutivo no 22483-Mopt, Reglamento Sobre las Dimensiones de los Derechos de Vía en los Ferrocarriles Nacionales
    (Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    Se reforma el Artículo 5 del Decreto Ejecutivo No. 22483-MOPT, Reglamento sobre las dimensiones de los derechos de vía en los ferrocarriles nacionales
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    Decreto 43372. Reforma a los Decretos Ejecutivos Número 42253-Mopt-S del 24 de Marzo De 2020, denominado Restricción vehicular en Horario nocturno para mitigar los efectos del Covid-19 y 42295-Mopt-S del 11 de Abril de 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo El Territorio Costarricense por el Covid-19
    (Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Salud
    La medida de restricción vehicular diurna contemplada en el presente Decreto Ejecutivo, se aplicará a partir de las 05:00 horas del 13 de abril de 2020 a las 23:59 horas del 15 de enero de 2022, inclusive. La vigencia de la presente medida será revisada y actualizada de conformidad con el comportamiento epidemiológico del COVID-19.” “Transitorio XI.- Durante el período comprendido del lunes 20 de diciembre de 2021 al sábado 15 de enero de 2022, inclusive, la regulación horaria de la restricción vehicular nocturna establecida en el artículo 3° del presente Decreto Ejecutivo será en el período comprendido entre las 00:00 horas y las 04:59 horas; en esa franja horaria no se permitirá el tránsito vehicular en todo el territorio nacional, salvo las excepciones contempladas en el artículo 4° del presente Decreto Ejecutivo. Para los efectos correspondientes, los demás artículos del presente Decreto Ejecutivo deberán aplicarse bajo la franja horaria temporal comprendida entre las 00:00 horas y las 04:59 horas.” “Transitorio XII.- Durante los días 25 de diciembre de 2021 y 1 de enero de 2022, no se aplicará la restricción vehicular nocturna establecida en el presente Decreto Ejecutivo.”
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    Decreto no. 45326-H. Modificación a la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario 2025
    (Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Hacienda
    El Presidente de la República y el Ministro de Hacienda emiten un decreto que modifica los artículos 2, 3 y 6 de la Ley Nº 10.620, correspondiente al Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2025. La reforma autoriza el traslado de partidas entre diversas entidades del Gobierno de la República, por un monto total de quince mil ochocientos noventa y tres millones doscientos cuarenta y tres mil doscientos cincuenta y ocho colones, conforme a las facultades establecidas en la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública y la normativa de administración financiera del Estado.
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    Decreto 20003. Aprobar las siguientes tarifas portuarias para los servicios que brinda la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica JAPDEVA en el complejo portuario Limón/Moin
    (Costa Rica. Asamblea Legislativa, 1990) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    Contiene el rubro y las tarifas: atención a las naves, estadía por metro, suministro de agua potable, servicio de lancha, servicio remoleador y muellaje de importación.
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    Decreto 41174. Se faculta a la Presidencia de la República y a los Ministerios de Educación Pública, Seguridad Pública, Trabajo y Seguridad Social, Salud, Obras Públicas y Transportes y Hacienda.
    (Imprenta Nacional, 2018) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Educación Pública; Costa Rica. Ministerio de Hacienda; Costa Rica. Ministerio de Seguridad Pública; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Salud
    Se faculta a la Presidencia de la República y a los Ministerios de Educación Pública, Seguridad Pública, Trabajo y Seguridad Social, Salud, Obras Públicas y Transportes y Hacienda, a emitir los respectivos acuerdos de delegación de firma respecto a las resoluciones administrativas referentes a derechos laborales de las y los servidores y ex servidores de la Administración Pública y de beneficiarios de pensiones a cargo del Poder Ejecutivo.
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    Decreto 41967. Reforma al Decreto Ejecutivo no. 41775-MP-MSP-MAG-MINAE-MOPT-TUR del 08 de junio de 2019 denominado " Creación del mecanismo de gobernanza de los espacios marítimos sometidos a la jurisdicción del Estado Costarricense"
    (Imprenta Nacional, 2019) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de Seguridad Pública; Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Agricultura y Ganadería
    Reforma al Decreto Ejecutivo no. 41775-MP-MSP-MAG-MINAE-MOPT-TUR del 08 de junio de 2019 denominado " Creación del mecanismo de gobernanza de los espacios marítimos sometidos a la jurisdicción del Estado Costarricense"
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    Decreto 43051.“Declaratoria de interés Público Del Proyecto Tren Rápido de Pasajeros (TRP)”
    (2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    Mediante este decreto, el Gobierno de Costa Rica declara de interés público el Proyecto Tren Rápido de Pasajeros (TRP). Se instruye a todas las instituciones de la Administración Central con competencias relacionadas con la ejecución del proyecto a realizar las acciones necesarias para cumplir sus funciones conforme al ordenamiento jurídico, con el propósito de garantizar una ejecución oportuna y eficiente. Además, se establece que la gestión del proyecto debe desarrollarse bajo un marco de estrecha colaboración y coordinación interinstitucional, en coherencia con el principio de coordinación administrativa.
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    Decreto 43061. Decretan RAC – LPTA Regulaciones Aeronáuticas Costarricenses Licencias Al Personal Técnico Aeronáutico.
    (Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    Se emite el Reglamento de Licencias al Personal Técnico Aeronáutico, denominado RAC- LPTA
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    Decreto 43089. RAC–13 Reglamento de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación
    (Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    Se emite el Reglamento de investigación de accidentes e incidentes de aviación, denominado RAC-13. El presente reglamento establece los requisitos, normas para el control de accidentes e incidentes aéreos. Contiene 23 capítulos: 1. Definiciones y abreviaturas. 2. Aplicabilidad. 3. Generalidades. 4. Delegación de autoridad. 5. Notificación. 6. Protección de la prueba, custodia, resguardo y medio ambiente. 7. Investigación de accidentes o incidentes graves de aeronaves con matrícula costarricense que se producen en el territorio de otro Estado no contratante. 8. Políticas y procedimientos. 9. Responsabilidad del Estado de Costa Rica. 10. Orientación para determinar los daños de una aeronave. 11. Delegación de la investigación. 12. Exámenes médicos. 13. Normativa. 14. Registradores de vuelo. 15. Derechos y obligaciones de los investigadores.16. Búsqueda, salvamento y custodia 17. Formato del informe final de la autoridad de investigación de accidentes e incidentes. 18. Medidas de Prevención de Accidentes. 19. Protección de los Registros de las Investigaciones de Accidentes e Incidentes. 20. Autoridad competente. 21. Orientación para determinar los incidentes graves de una aeronave. 22. Orientación para determinar los daños de una aeronave. 23. Clasificación de los sucesos.
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