Browsing by Author "Costa Rica. Presidenciade la República"
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Item Acuerdo N° 002-MOPT. Participación del viceministro de Infraestructura en reunión de COCESNA(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidenciade la RepúblicaEl Acuerdo N.º 002-MOPT autoriza al ingeniero Pablo Camacho Salazar, Viceministro de Infraestructura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a participar en la 284° Reunión Ordinaria del Consejo Directivo del Comité de la Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (COCESNA), estableciendo que los gastos de alimentación, hospedaje, boletos aéreos y traslados serán cubiertos en su totalidad por dicha corporación y que el funcionario devengará el 100% de su salario durante los días autorizados, del 14 al 16 de enero de 2026.Item Decreto N.º 45302-MOPT. Nombramiento de Representante del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal en el Consejo de Transporte Público(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidenciade la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes.El Decreto N.º 45302-MOPT oficializa el nombramiento de la señora Marlen Luna Alfaro, presidenta ejecutiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), como representante de dicho instituto ante el Consejo de Transporte Público, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales del Poder Ejecutivo; el nombramiento rige a partir del 5 de noviembre de 2025 y se extiende hasta el 7 de mayo de 2026.Item Decreto no. 45342-MOPT. Decreto para la Sostenibilidad del Transporte Público Remunerado de Personas, Modalidad Autobús(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidenciade la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl decreto autoriza por única vez a la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público a aprobar los estudios pendientes presentados antes del 31 de diciembre de 2025 que impliquen modificaciones a los esquemas operativos de las empresas prestatarias del servicio de ruta regular, cuando se solicite la disminución de horarios, flota o demanda. Se exceptúan de esta disposición los trámites relativos a aumentos de flota, modificaciones de recorridos o esquemas sectorizados, los cuales deberán continuar el procedimiento ordinario. Asimismo, se faculta al Consejo de Transporte Público para realizar procesos de fiscalización estratégica del servicio, basados en variables como denuncias, quejas y demanda de uso. Los estudios aprobados al amparo de esta norma consolidarán su validez y eficacia al finalizar el año 2026, otorgándose además un periodo de gracia de veinte días hábiles a partir de su publicación.
