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Item Decreto Ejecutivo N° 45314-MAG-S-SP-MOPT. Reforma al Artículo 9 del Decreto Ejecutivo No. 44336 del 12 de Enero del 2024 “Se Crea El Sistema Nacional de Identificación Individual y Rastreabilidad del Ganado Bovino” y Modificación del Párrafo Cuarto y Adición de un párrafo Quinto al Artículo 6 del Decreto Ejecutivo N° 37918 Mag-S-Sp-Spmopt del 08 De Julio De 2013 “Reglamento a La Ley de Control de Ganado Bovino, Prevención y Sanción de su Robo, Hurto y Receptación.”(Imprenta Nacional, 2025) Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Agricultura y Ganadería; Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Seguridad Pública; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Decreto Ejecutivo N.° 45314 reforma el artículo 9 del decreto que crea el Sistema Nacional de Identificación Individual y Rastreabilidad del Ganado Bovino, así como modifica y adiciona disposiciones al reglamento de la Ley de Control de Ganado Bovino, con el fin de fortalecer los mecanismos de control, prevención del robo, hurto y receptación de ganado, así como mejorar la trazabilidad sanitaria y productiva a nivel nacional. La normativa se fundamenta en diversas leyes relacionadas con la salud animal, la seguridad pública, el bienestar animal y el transporte, y busca reforzar la coordinación institucional para garantizar una mayor vigilancia, control sanitario y protección del sector ganadero.Item Decreto No. 43426. Reforma al Decreto Ejecutivo Número 42295-Mopt-S Del 11 de abril De 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo el Territorio Costarricense por el Covid-19(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludEl Decreto Ejecutivo N.º 43426 reforma el Decreto N.º 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, con el fin de fortalecer las medidas de restricción vehicular diurna como acción para mitigar la propagación del COVID-19 y proteger la salud pública. La disposición se adopta en el marco del estado de emergencia nacional declarado mediante el Decreto Ejecutivo N.º 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020 y busca salvaguardar el bienestar de la población residente en el territorio costarricense. La medida rige desde las 05:00 horas del 13 de abril de 2020 hasta las 23:59 horas del 6 de marzo de 2022, inclusive, y su vigencia queda sujeta a revisión según la evolución epidemiológica del COVID-19.Item Decreto 43408-MOPT-S. Suspender temporalmente la aplicación del Decreto Ejecutivo Número 42253-Mopt-S del 24 de marzo de 2020, Denominado Restricción Vehicular en horario nocturno para mitigar los efectos del Covid-19(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludEl presente Decreto Ejecutivo rige a partir de las 00:00 horas del jueves 3 de febrero de 2022 a las 24:00 horas del lunes 7 de febrero de 2022.Item Decreto 43372-MOPT-S. Reforma a los Decretos Ejecutivos Número 42253-Mopt-S del 24 de Marzo De 2020, denominado Restricción vehicular en Horario nocturno para mitigar los efectos del Covid-19 y 42295-Mopt-S del 11 de Abril de 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo El Territorio Costarricense por el Covid-19(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludEl Decreto Ejecutivo estableció la aplicación de la restricción vehicular diurna a nivel nacional desde el 13 de abril de 2020 hasta el 15 de enero de 2022, sujeta a revisión según el comportamiento epidemiológico del COVID-19. Asimismo, de forma transitoria, se dispuso que entre el 20 de diciembre de 2021 y el 15 de enero de 2022 la restricción vehicular nocturna rigiera únicamente entre las 00:00 y las 04:59 horas, con las excepciones previstas en el decreto. Adicionalmente, se determinó que los días 25 de diciembre de 2021 y 1 de enero de 2022 no se aplicaría la restricción vehicular nocturna en todo el territorio nacional.Item Decreto No. 43336-MOPT-S. Reforma al Decreto Ejecutivo número 42295-Mopt-S del 11 de Abril de 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en Todo el Territorio Costarricense por el Covid-19(Imprenta Nacional) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludLa presente reforma a la medida de restricción vehicular emitida en el Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, se realiza con el objetivo de fortalecer las acciones para mitigar la propagación y el daño a la salud pública ante los efectos del COVID-19. Asimismo, esta reforma se adopta como parte del estado de emergencia nacional declarado mediante el Decreto Ejecutivo número 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020 y en procura del bienestar de todas las personas que radican en el territorio costarricense.Item Decreto Ejecutivo N° 43166 - MOPT-MINAE-S. Reformar el Artículo 7 del Reglamento para el Control de las Emisiones Contaminantes producidas por los vehículos con motor de Combustión Interna.(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía; Costa Rica. Ministerio de SaludEl Decreto Ejecutivo N.° 43166 reforma el artículo 7 del Reglamento para el Control de las Emisiones Contaminantes Producidas por los Vehículos con Motor de Combustión Interna, establecido mediante el Decreto Ejecutivo N.° 39724-MOPT-MINAE-S y sus reformas, con el fin de actualizar los estándares de emisiones aplicables al ingreso de vehículos al país. La normativa dispone que los vehículos nuevos y usados de las categorías automóviles y carga liviana, con un peso bruto vehicular de hasta 3.500 kilogramos, que ingresen a Costa Rica a partir del 1.º de enero de 2023, deberán cumplir con los estándares de emisiones establecidos por la Unión Europea o las especificaciones federales de los Estados Unidos de América, como medida para la protección ambiental y la salud pública.Item Decreto No. 43245-MOPT-S Reforma al Decreto Ejecutivo número 42295-Mopt-S del 11 de Abril de 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en Todo el Territorio Costarricense por El Covid-19(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludLa presente reforma a la medida de restricción vehicular diurna establecida en el Decreto Ejecutivo N.° 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020 tiene como finalidad reforzar las acciones para mitigar la propagación y los efectos del COVID-19 en la salud pública, en el marco del estado de emergencia nacional declarado mediante el Decreto Ejecutivo N.° 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020. La disposición regula el tránsito vehicular en todo el territorio costarricense desde las 05:00 hasta las 20:59 horas, durante el período comprendido entre el 13 de abril de 2020 y el 15 de octubre de 2021, con posibilidad de revisión según la evolución epidemiológica, e incorpora regulaciones temporales específicas mediante los transitorios X y XV, que establecen restricciones adicionales en fechas determinadas conforme al último dígito de la placa vehicular o del permiso especial de circulación AGV.Item Decreto 43218.Reforma al Decreto Ejecutivo número 42295-Mopt-S del 11 de abril de 2020, denominado Restricción Vehicular diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en Todo el Territorio Costarricense por el Covid-19(2021) Costa Rica. Vicepresidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludExcepciones a la medida de restricción vehicular diurna: Los vehículos de las personas que sean delegadas o autoridades internas partidarias, para el traslado hacia o desde una asamblea provincial o superior de un partido político, en los términos establecidos por el Tribunal Supremo de Elecciones en la sesión ordinaria número 79-2021, artículo sétimo, del 16 de septiembre de 2021.Item Decreto 43214. Reforma a los Decretos Ejecutivos Número 42253-Mopt-S del 24 de Marzo de 2020, denominado Restricción Vehicular en horario nocturno para mitigar los efectos del Covid-19 y número 42295-Mopt-S del 11 de Abril de 2020, denominado Restricción Vehicular diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo el Territorio Costarricense por El Covid-19(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludEl Decreto Ejecutivo N.° 43214 reforma los Decretos Ejecutivos N.° 42253-MOPT-S y N.° 42295-MOPT-S, relacionados con la restricción vehicular nocturna y diurna en Costa Rica, como una medida para mitigar la propagación del COVID-19. La reforma se fundamenta en la situación epidemiológica crítica y el colapso de las unidades de cuidados intensivos del sistema de salud pública, en el marco del estado de emergencia nacional. El decreto establece ajustes temporales a los horarios y condiciones de la restricción vehicular, definiendo franjas horarias específicas y la aplicación del control según el número final de la placa vehicular, con el objetivo de proteger la salud pública y garantizar el bienestar de la población residente en el territorio costarricense.Item Decreto 42839. Reforma al Decreto Ejecutivo número 422895-MOPT-S del 11 de abril de 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el estado de Emergencia Nacional en todo el territorio costarricense por el Covid-19 y suspensión temporal del Decreto Ejecutivo número 37370 MOPT del 26 de octubre de 2012.(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludSe reforma el Decreto Ejecutivo número 422895-MOPT-S del 11 de abril de 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el estado de Emergencia Nacional en todo el territorio costarricense por el Covid-19 y suspensión temporal del Decreto Ejecutivo número 37370 MOPT del 26 de octubre de 2012.
