Legislación

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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.

En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI

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    Decreto 44183. Reforma al Título y a los Artículos 2, 3, 4 y 6 del Decreto Ejecutivo Número 32428-MOPT del 29 de abril de 2005, “Reglamento para la asignación y uso de espacios de estacionamiento por funcionarios públicos de instituciones gubernamentales que prestan servicios en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría”
    (Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Dirección General de Ingeniería de Tránsito
    Se reforma el título del Decreto Ejecutivo número 32428-MOPT, del 29 de abril de 2005, para que en adelante se denomine “Reglamento para la asignación y uso de espacios de estacionamiento por funcionarios públicos de instituciones gubernamentales y vehículos oficiales de instituciones no gubernamentales que prestan servicios en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría”.
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    Decreto 44181. Reglamento interno para los procedimientos y actuaciones en materia de Contratación Pública del Consejo de Seguridad Vial
    (Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Dirección General de Ingeniería de Tránsito
    Art.1: El presente reglamento tiene por objeto establecer los lineamientos y actuaciones de todas las unidades administrativas, que componen el Consejo de Seguridad Vial, en los cuales se promueve y ejecuta la actividad de contratación pública que realiza. Todo de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Contratación Pública N º 9986 del 27 de mayo de 2021.
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    Acuerdo N° 2026-0073. Actualización del volumen IV especificaciones técnicas generales
    (Imprenta Nacional, 2026) Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)
    La Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados acuerda someter a consulta pública las propuestas normativas relacionadas con la actualización del volumen IV de especificaciones técnicas generales, conforme a la normativa vigente. La consulta se enmarca en la sesión extraordinaria N° 007-2026, realizada el 5 de marzo de 2026.
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    Decreto 44408. Directrices generales de política presupuestaria, salarial, empleo, inversión y endeudamiento para Ministerios, entidades públicas y sus órganos desconcentrados, según corresponda, cubiertos por el ámbito de la autoridad presupuestaria para el año 2025
    (Imprenta Nacional, 2024) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de Hacienda
    Estas directrices serán aplicables a los ministerios, las entidades públicas y sus órganos desconcentrados, cubiertos por el ámbito de la AP, sin perjuicio de lo establecido en otras disposiciones legales. Para efectos de aplicación de este Decreto Ejecutivo, cada vez que se hace alusión a los ministerios, se debe entender que se está haciendo también referencia a sus órganos desconcentrados.
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    Acuerdo No. 2026-0078. Autorización a la Municipalidad de Santa Barbara de Heredia para asumir la ASADA Medina del Campo. Memorando GG-2026-00349
    (Imprenta Nacional, 2026) Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)
    El Acuerdo N.° 2026-0078 del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) autoriza a la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia a asumir la administración, operación y gestión de la ASADA Medina del Campo. Esta medida responde a criterios de eficiencia, sostenibilidad y mejora en la prestación del servicio de agua potable, permitiendo que una entidad con mayor capacidad administrativa garantice la continuidad, calidad y cobertura del servicio en la comunidad. La asunción de ASADAS forma parte de los mecanismos utilizados por el AyA para fortalecer la gestión del recurso hídrico y asegurar el interés público en la prestación de los servicios.
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    Acuerdo No. 2026-0076.Fusión de Asadas el Coco Moravia y San Lorenzo. Memorando GG-2025-03616
    (Imprenta Nacional, 2026) Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)
    El Acuerdo N.° 2026-0076 del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) dispone la fusión de las ASADAS El Coco Moravia y San Lorenzo, con el objetivo de mejorar la gestión, administración y sostenibilidad del servicio de agua potable en las comunidades involucradas. Este tipo de reorganización permite optimizar recursos, fortalecer la capacidad operativa y garantizar una prestación más eficiente del servicio público delegado, en concordancia con la normativa que regula las asociaciones comunales de acueductos en Costa Rica. Las ASADAS cumplen un papel fundamental en la administración local del recurso hídrico bajo supervisión del AyA.
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    Acuerdo No. 2026-0077. Fusión de Asadas La Esperanza de Carara y ASADA Bijagual, Turrubares. Memorando GG-2026 00371
    (Imprenta Nacional, 2026) Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)
    El Acuerdo N.° 2026-0077 del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) dispone la fusión de las ASADAS La Esperanza de Carara y Bijagual de Turrubares, con el propósito de optimizar la gestión del servicio de agua potable y saneamiento en la zona. Este proceso implica que una asociación asume la administración de la otra, fortaleciendo la capacidad operativa, técnica y administrativa del sistema, mejorando la cobertura y la eficiencia en la prestación del servicio a las comunidades beneficiarias. Las ASADAS son organizaciones comunales encargadas de administrar sistemas de acueductos bajo delegación del AyA.
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    Acuerdo no. 4. “Aprobación de ajuste tarifario para los servicios de la Terminal Granelera de Puerto Caldera”
    (Imprenta Nacional, 2026) Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico
    El acuerdo del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP) aprueba el ajuste tarifario para los servicios brindados en la Terminal Granelera de Puerto Caldera, en el marco de la concesión de obra pública con servicios públicos. La decisión se fundamenta en la revisión y validación del cálculo de indexación presentado por la sociedad concesionaria, el cual se ajusta a los lineamientos establecidos por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP). Este ajuste permite actualizar las tarifas aplicables conforme a criterios técnicos y regulatorios, garantizando la sostenibilidad del servicio portuario y la continuidad de las operaciones en una terminal clave para el manejo de graneles en el país.
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    “Modificación de los artículos 11, 15, 17 y 21 del Reglamento de Caja Chica del INCOP”
    (Imprenta Nacional, 2026) Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico
    La modificación reglamentaria del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP) actualiza diversos artículos del Reglamento de Caja Chica, específicamente en lo relativo a la sustitución del responsable del fondo. Se establecen procedimientos obligatorios en casos de ausencia del encargado (vacaciones, enfermedad, traslado o renuncia), disponiendo que la jefatura asuma temporalmente las funciones y que se realice un arqueo previo del fondo, debidamente firmado y aprobado. Asimismo, se regula la comunicación formal del nuevo responsable a las instancias administrativas correspondientes, con el fin de garantizar el control, la transparencia y la correcta administración de los recursos destinados a gastos menores institucionales. Este tipo de normativa busca asegurar la adecuada gestión y fiscalización de los fondos de caja chica en la administración pública.
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    Resolución no. 2026-0293. “Desaplicación temporal de la restricción vehicular durante la Semana Santa 2026”
    (Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes
    La Resolución N.° 2026-0293 dispone la desaplicación temporal de la restricción vehicular en el centro de San José durante los días 30 y 31 de marzo y del 1 al 3 de abril de 2026, con motivo de la Semana Santa y las vacaciones colectivas del sector público. La medida se fundamenta en razones de interés público, oportunidad y conveniencia, considerando la disminución del flujo vehicular en estas fechas. Asimismo, permite redirigir los recursos de control de tránsito hacia otras labores de regulación vial en el país. Esta práctica es habitual en Costa Rica durante periodos festivos y vacacionales, cuando se reduce significativamente la circulación en la capital.