Decretos
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Item Decreto no. 45354-MOPT. Reglamento para el Otorgamiento de Permisos de Ejecución y Funcionamiento de Accesos Vehiculares a Rutas de La Red Vial Nacional y Derogatoria de Los Decretos Ejecutivos Números 35586-Mopt Del 13 Octubre De 2009 Y Sus Reformas, 42171-Mopt Del 20 De Enero De 2020, 42170-Mopt del 20 de Enero De 2020 Y 43996-Mopt del 8 de Marzo de 2023(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Decreto N.º 45354-MOPT emite el Reglamento para el otorgamiento de permisos de ejecución y funcionamiento de accesos vehiculares a las rutas de la Red Vial Nacional, incluyendo aquellas bajo concesión, fideicomiso u otros esquemas de participación público-privada, con el fin de regular el procedimiento obligatorio aplicable a toda construcción o edificación que requiera conexión vehicular; además, deroga los decretos ejecutivos N.º 35586-MOPT, 42171-MOPT, 42170-MOPT y 43996-MOPT, consolidando un marco normativo actualizado en materia de accesos a carreteras nacionales.Item Decreto 45327-MOPT. Derogatoria del Decreto Ejecutivo No. 39919-MOPT del 09 de agosto del 2016, "Reglamento para Implementar la Modalidad de Teletrabajo en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes".(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Decreto Ejecutivo 45327-MOPT deroga el Decreto Ejecutivo N.° 39919-MOPT del 9 de agosto de 2016, mediante el cual se regulaba la modalidad de teletrabajo en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. La normativa derogada deja de tener vigencia a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta. El decreto fue emitido en la Presidencia de la República, en San José, el 6 de noviembre de 2025.Item Decreto no. 45284. Reglamento a la Ley N.º 7969 sobre El Régimen Legal, Técnico y Operativo del Servicio de Taxi(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl reglamento desarrolla y complementa la Ley N.º 7969 al establecer el marco jurídico, técnico y operativo que regula la prestación del servicio público de transporte remunerado de personas en la modalidad de taxi, definiendo los trámites, procedimientos y requisitos que deben cumplir concesionarios y permisionarios, así como las sanciones aplicables en caso de incumplimiento, con el fin de garantizar una prestación adecuada, segura y conforme al ordenamiento legal vigente.Item Decreto no. 45340-MOPT: Regimen Tarifario Para Servicios No Aeronáuticos en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, Periodo 2025-2026 y Derogatoria de los Decretos Ejecutivos 44890-Mopt del 23 de Setiembre del 2024 y 43718-Mopt del 03 de Agosto 2022(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl decreto establece el Régimen Tarifario para los Servicios No Aeronáuticos del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría para el período 2025-2026, fijando en dólares estadounidenses las tarifas, tasas y derechos aplicables a los centros de costo del Campo Aéreo, Terminales y Lado Terrestre. Además, deroga los Decretos Ejecutivos 44890-MOPT del 23 de septiembre de 2024 y 43718-MOPT del 3 de agosto de 2022, con el fin de actualizar y unificar la normativa tarifaria vigente.Item Decreto Nº 45311 - MOPT. Reforma del Párrafo Primero del Artículo 4 del Reglamento para La Regulación y Explotación de Servicios de Transporte Terrestre de Turismo, Decreto Ejecutivo Nº 36223 -Mopt -Tur del 6 de Setiembre de 2010 y sus Reformas(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl decreto reforma el artículo 4 del Reglamento para la Regulación y Explotación de Servicios de Transporte Terrestre de Turismo, estableciendo que solo podrán operar vehículos autorizados por el Consejo de Transporte Público con una antigüedad máxima de 20 años. Asimismo, se indica que estos vehículos deberán contar con capacidad mínima de nueve pasajeros, exceptuando los vehículos doble tracción destinados a zonas de difícil acceso y los vehículos de lujo, que podrán tener capacidad mínima de cinco personas. La reforma rige desde su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.Item Decreto 43669. Eliminación del Comisionado de Movilidad Eléctrica(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Decreto Ejecutivo N.° 43669 deroga el Decreto N.° 41731-MINAE-MOPT, mediante el cual se había creado el Comisionado de la Presidencia de la República para la Movilidad Eléctrica o Cero Emisiones. Con esta disposición queda eliminada dicha figura institucional. El decreto fue publicado en La Gaceta N.° 173, Alcance N.° 192, del 12 de septiembre de 2022.Item Decreto N° 43630-H-MOPT. Reforma Parcial Al Decreto Ejecutivo N° 43.623 “Reglamento para Regular el Proceso de Transición entre la Finalización del Contrato de Revisión Técnica Vehicular y El Inicio de Operación del Permisionario de La Inspección Técnica Vehicular”(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de HaciendaEl Decreto Ejecutivo N.° 43630-H-MOPT reforma parcialmente los artículos 1°, 2°, 3° y 4° del Decreto Ejecutivo N.° 43623-H-MOPT, con el fin de regular el proceso de transición entre la finalización del contrato de revisión técnica vehicular y el inicio de operaciones del nuevo permisionario del servicio de inspección técnica vehicular. La reforma establece las pautas necesarias para garantizar la continuidad del servicio público, minimizar la afectación a las personas usuarias y salvaguardar la seguridad jurídica, mientras el Ministerio de Obras Públicas y Transportes otorga el permiso de uso en precario y el nuevo operador restablece plenamente la prestación del servicio, conforme a los principios de eficiencia y eficacia administrativa.Item Decreto 20003. Aprobar las siguientes tarifas portuarias para los servicios que brinda la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica JAPDEVA en el complejo portuario Limón/Moin(Costa Rica. Asamblea Legislativa, 1990) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesContiene el rubro y las tarifas: atención a las naves, estadía por metro, suministro de agua potable, servicio de lancha, servicio remoleador y muellaje de importación.Item Decreto Nº 43323-MOPT.Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Consejo Nacional de Vialidad(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl presente Reglamento regula la organización y funcionamiento de la Auditoría Interna del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 inciso h y 23 de la Ley Nº 8292 “Ley General de Control Interno” del 31 de julio del 2002. Es de carácter obligatorio para todos los funcionarios de la Auditoría Interna, y para los servidores y funcionarios de la Administración Activa y terceros que mantengan contratos con Conavi en lo que sea aplicable.Item Decreto No. 43426. Reforma al Decreto Ejecutivo Número 42295-Mopt-S Del 11 de abril De 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo el Territorio Costarricense por el Covid-19(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludEl Decreto Ejecutivo N.º 43426 reforma el Decreto N.º 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, con el fin de fortalecer las medidas de restricción vehicular diurna como acción para mitigar la propagación del COVID-19 y proteger la salud pública. La disposición se adopta en el marco del estado de emergencia nacional declarado mediante el Decreto Ejecutivo N.º 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020 y busca salvaguardar el bienestar de la población residente en el territorio costarricense. La medida rige desde las 05:00 horas del 13 de abril de 2020 hasta las 23:59 horas del 6 de marzo de 2022, inclusive, y su vigencia queda sujeta a revisión según la evolución epidemiológica del COVID-19.
