Decretos
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Item Decreto N° 45804 - MP-PLAN. Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo(Imprenta Nacional, 2026) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política EconómicaEl Decreto Ejecutivo N.° 45804-MP-PLAN establece el Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo de Costa Rica, definiendo su organización, integración y funcionamiento. Dispone que el Poder Ejecutivo está conformado por la Presidencia de la República y las personas ministras de gobierno, con o sin cartera ministerial, como responsables de ejercer la rectoría política, la dirección y la coordinación de la gestión institucional de la Administración Pública. Asimismo, organiza la acción gubernamental mediante Sectores Estratégicos Gubernamentales integrados por órganos y entes de la administración central y descentralizada con competencias afines, con el fin de promover una gestión pública articulada orientada al bienestar de la población y al cumplimiento de los objetivos del Estado.Item Decreto 43951-PLAN-RE. Reglamento del Artículo 11 de la Ley de Planificación Nacional Nº5525 del 2 de mayo de 1974(Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de la Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Relaciones Exteriores y CultoEl presente Reglamento tiene por objeto desarrollar el artículo 11 de la Ley de Planificación Nacional, el cual establece que "Corresponde al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, formular, negociar, coordinar, aprobar y evaluar los programas de asistencia técnica, teniendo en cuenta los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo". Asimismo, establece que las solicitudes de asistencia técnica serán transmitidas por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica al Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual se encargará de establecer su congruencia con la política exterior del país, y las presentará oportunamente a los gobiernos y organismos internacionales correspondientes".
