Leyes, decretos y otros
Permanent URI for this collectionhttps://repositorio.mopt.go.cr/handle/123456789/471
Browse
33 results
Search Results
Item Incremento general de salarios, a partir del 1o. de julio del 2014, al Sector Público(Imprenta Nacional, 2014) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe otorga a partir del 1o. de julio del 2014, un incremento general de salarios por concepto de costo de la vida de un 4 por ciento a los servidores públicos. Adicionalmente a dicho aumento general, otorgar un incremento salarial de un 1,14 por ciento al salario base de primer nivel salarial de la Escala de Sueldos de la Administración Pública, que corresponde a la clase Misceláneo de Servicio Civil 1, de manera que el incremento salarial total a la base de esta clase de puesto sea un 5,14 por ciento. Se ratifica el derecho de los trabajadores y trabajadoras públicas, a continuar percibiendo el salario escolar, en las condiciones legales que hasta la fecha han prevalecido (8,19 por ciento).Item Se autoriza un aumento general al salario base a todos los servidores públicos, para el primer semestre del año 2013(Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe autoriza un aumento general al salario base de todos los servidores públicos, para el primer semestre del año 2013, consistente en un 1.84 por ciento. Adicional a ello, se aplicará un 1 por ciento a la base a los funcionarios públicos con salarios base iguales o inferiores a los 275.150 colones, quedando un incremento de 2.84 por ciento en el salario base para el primer semestre del año 2013, para este grupo de servidores. Se mantiene el 8.19 por ciento sobre el salario total por concepto de salario escolar, el cual será cancelado siguiendo las regulaciones existentes.Item Aumentos salarios, Sector Público(Imprenta Nacional, 2011) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialSe autoriza un aumento general al salario base de todos los servidores públicos consistente en un 2.33 por ciento,(dos punto treinta y tres por ciento). Se mantiene el 8.19 por ciento sobre el salario total por concepto general aquí acordado. Este incremento general de salarios rige a partir del 1o.enero del 2011, y corresponde al primer semestre del mismo año, el cual se pagará en la segunda quincena de febrero del año en curso excepto para el sector educación que será pagado en la segunda quincena de marzo.Item Política nacional en discapacidad 2011-2021(Imprenta Nacional, 2011) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de Bienestar Social y Familia; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Salud Pública; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Educación PúblicaSe establece la política nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS), como el marco político de largo plazo que establece el Estado Costarricense, para lograr la efectiva promoción, respeto y garantía de los derechos de las personas con discapacidad, que han de ser desarrolladas por la institucionalidad pública en el período 2011-2021.Item Dirigida a los ministros de Estado, Presidentes Ejecutivos, Gerentes Generales, Directores Generales y demás altos Jerarcas de la Administración Pública(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialLas instituciones de la Administración Pública, podrán conceder licencia sindical con goce de salario para el día 31 de julio del 2009, para que los agremiados de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), de las diferentes entidades y órganos de la Administración Pública, puedan asistir durante todo el día, con goce salarial a la Asamblea General Ordinaria de fin de periodo de dicha Asociación.Item Aumento general de salarios de los servidores públicos(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe autoriza un aumento general al salario base de todos los servidores públicos, consistente en un 1.21 por ciento. Se mantiene el 8,19 por ciento sobre el salario total por concepto de salario escolar, el cual será cancelado siguiendo las regulaciones existentes. Este incremento general de salarios rige a partir del 1 de julio del 2009, y corresponde a segundo semestre del mismo año, el cual se pagará en la segunda quincena de julio del año en curso.Item Incremento de salarios para el sector público, rige a partir del 1 de julio del 2010(Imprenta Nacional, 2010) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe autoriza un aumento general al salario base de todos los servidores públicos, consistente en un 3,41 por ciento. Se mantiene el 8.19 por ciento sobre el salario total por concepto de salario escolar, el cual será cancelado siguiendo las regulaciones correspondientes.Item Reforma al artículo 2 del Reglamento a la Ley Marco para la Transformación Institucional y Reformas a la Ley de Sociedades Anónimas Laborales(Imprenta Nacional, 2008) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialSe hace necesario conceder a los diversos Ministros Rectores un lapso prudencial para que valoren la procedencia o no de las reorganizaciones administrativas sometidas a su consideración, reorganización, transformación y fusión de órganos, entes y empresas públicas.Item Aumento General de Salarios de los Servidores Públicos(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de HaciendaSe autoriza un aumento general al salario base de todos los servidores públicos, consistente en un 6,90 por ciento. Se mantiene el 8,19 por ciento sobre el salario total por concepto de salario escolar, el cual será cancelado siguiendo las regulaciones existentes.Item Reforma a los artículos 2 y 3 del Reglamento a la Ley Marco para la Transformación Institucional y Reformas a la Ley de Sociedades Anónimas Laborales(Imprenta Nacional, 2007) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialSe modifica la práctica actual ejercida por MIDEPLAN de aprobar o improbar cada modelo de organización administrativa propuesto por las entidades públicas, para permitir ahora que el jerarca adopte el mejor modelo de organización que considere necesario para cumplir las metas, los fines, los programas propios de su campo y la realización del fin público a que se dirige. Será responsabilidad exclusiva del jerarca todas aquellas consecuencias derivadas de la aprobación de una nueva organización administrativa.