(Imprenta Nacional, 2009) Costa Rica. Asamblea Legislativa
Se modifica el artículo 2. Excepciones, artículo 45. Estructura mínima, artículo 99. Sanción de apercibimiento y el artículo 100. Sanción de inhabilitación, se adiciona al artículo 42. Estructura mínima, artículo 100. Sanción de inhabilitación.