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Item Ley no 10771. Ley para facilitar las gestiones administrativas de las personas trabajadoras ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Reforma al artículo 515 del Código de Trabajo)(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Asamblea Legislativa; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad SocialLa Ley N.° 10771 reforma el artículo 515 del Código de Trabajo para garantizar que las personas trabajadoras no sean perjudicadas cuando deban ausentarse de su jornada laboral por razones judiciales o administrativas. Se prohíbe a los patronos negar permisos o realizar rebajos salariales cuando los trabajadores deban comparecer como testigos, asistir a diligencias personales ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, o participar en procesos disciplinarios de la Administración Pública, siempre que presenten la citación y el comprobante de asistencia correspondientes.Item Ley N.° 10753: Aprobación del Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Dominicana(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos suscrito entre el Gobierno de Costa Rica y el Gobierno de la República Dominicana. El documento establece las definiciones y disposiciones generales que regulan el transporte aéreo comercial entre ambos países, abarcando el transporte de pasajeros, carga y correo. Asimismo, define las autoridades aeronáuticas competentes —en el caso de Costa Rica, el MOPT, el Consejo Técnico de Aviación Civil (CETAC) y la Dirección General de Aviación Civil (DGAC)—, así como los conceptos de capacidad, acuerdo y convenio, en concordancia con el Convenio sobre Aviación Civil Internacional de 1944. El Acuerdo busca fortalecer la cooperación bilateral y promover la conectividad aérea entre ambas naciones bajo normas internacionales de seguridad y reciprocidad.Item Ley 10801. Tercer presupuesto extraordinario de la república para el ejercicio económico 2025 y tercera modificación legislativa de la ley 10620(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Ministerio de Hacienda; Costa Rica. Asamblea LegislativaLa Ley N.° 10801 aprueba el Tercer Presupuesto Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2025 y establece la tercera modificación legislativa a la Ley N.° 10620, correspondiente al Presupuesto Ordinario y Extraordinario del mismo año. La norma introduce ajustes en los incisos A, B y C del artículo 1 de la ley presupuestaria, con el fin de redistribuir recursos y atender nuevas necesidades financieras del Estado. Su aprobación busca mantener el equilibrio fiscal y garantizar la continuidad de los programas y servicios públicos prioritarios.Item Ley10.756. “Segunda Modificación Legislativa a la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario 2025”(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa Ley N.° 10.756 introduce la segunda modificación legislativa a la Ley N.° 10.620, correspondiente al Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2025. En específico, reforma el artículo 2° de dicha normativa, publicado originalmente en La Gaceta en diciembre de 2024, con el fin de ajustar disposiciones presupuestarias para el período vigente.Item Ley 10740. Autorización al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados para condonar la deuda principal e intereses de la Municipalidad de Paraíso y de la Municipalidad de Cartago, por concepto de servicio de suministro de agua cruda en bloque exenta o en grandes volúmenes para la planta potabilizadora, ubicada en Cartago, administrada y operada por la Municipalidad de Cartago(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Asamblea LegislativaCondonación de pago de la totalidad de la deuda por concepto de suministro de agua cruda en bloque, exenta o en grandes volúmenes; tanto el principal, como sus intereses y todos los extremos del período comprendido desde el año 2017 hasta el 2026, a la Municipalidad de Cartago y a la Municipalidad de Paraíso.Item Ley 10427. Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024(Imprenta Nacional, 2023) Costa Rica. Asamblea LegislativaAprueba el Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República de Costa Rica para el Ejercicio Económico del 2024.Esta ley establece los ingresos y egresos del Gobierno Central, la Asamblea Legislativa, la Contraloría General, la Defensoría de los Habitantes y el Poder Judicial. Incluye normas de ejecución presupuestaria que restringen la redistribución de partidas, salvo excepciones específicas, y prohíbe la creación de nuevas plazas en ministerios sin autorización de la Autoridad Presupuestaria. También contempla reformas posteriores mediante leyes como la N.º 10459 y N.º 10468, que ajustan los incisos de ingresos y egresos, así como las normas de ejecuciónItem Ley 10717. Ley para destinar recursos a los puentes y vados en rutas nacionales y cantonales, mantenimiento rutinario, mantenimiento periódico, el mejoramiento, la rehabilitación, la reconstrucción, la construcción y la ampliación de carriles(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa Ley N.º 10717, adiciona un artículo 5 bis a la Ley N.º 8114 (Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias), con el objetivo de destinar recursos específicos para la atención de puentes y vados en rutas nacionales y cantonales. La ley establece que el 15% de los ingresos anuales del impuesto único sobre los combustibles se asignará de forma obligatoria: un 8% al Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) para la red vial nacional, y un 6% a las municipalidades para la red vial cantonal. Estos fondos se utilizarán exclusivamente para conservación, mantenimiento rutinario y periódico, mejoramiento, rehabilitación, reconstrucción, construcción y ampliación de carriles.Item Ley 10676. reforma la integración del Consejo de Transporte Público.(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa Ley N.º 10676, Reforma los artículos 8, 9 y 10 de la Ley N.º 7969, que regula el servicio público de transporte remunerado de personas. Esta modificación cambia la integración del Consejo de Transporte Público (CTP), eliminando la representación de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) e incorporando un nuevo representante del sector de servicios especiales estables de transporte. El expediente legislativo correspondiente es el N.º 23.796.Item Ley 10669. Autorización a la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) para que por una única vez, utilice los recursos correspondiente al fondo del canon de explotación y desarrollo regional para el reconocimiento de los aportes patronales acordados en la comisión colectiva de 2002…(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa Ley N.º 10669 autoriza a la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) a utilizar, por una única vez, los recursos del fondo del canon de explotación y desarrollo regional provenientes de la Terminal de Contenedores de Moín para cumplir con una sentencia laboral condenatoria relacionada con aportes patronales acordados en la convención colectiva de 2002. El monto autorizado asciende a ¢9.544 millones, más intereses e indexación. Además, se establece que el Ministerio de Hacienda y JAPDEVA deberán reintegrar estos fondos en un plazo máximo de diez años, destinándolos exclusivamente al desarrollo regional de la provincia de LimónItem Ley 10638. Adición de un inciso g) al artículo 17 y un transitorio XII a la Ley 3503, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores, de 10 de mayo de 1965(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa Ley N.° 10638 adiciona un inciso g) al artículo 17 y un transitorio XII a la Ley 3503, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores. La reforma establece la obligación de los empresarios de transporte público de implementar sistemas electrónicos de cobro en las unidades, permitiendo pagos con tarjetas de débito, crédito o prepago, así como otros métodos autorizados por el Banco Central de Costa Rica. Además, deberán suministrar a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) la información sobre todos los pagos electrónicos realizados, en las condiciones y plazos establecidos. También se faculta a la Aresep para considerar incentivos tarifarios que promuevan el uso del pago electrónico.
