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Item Ley 9911. Ley para el alivio en el pago del marchamo 2021.(Imprenta Nacional, 2020) Costa Rica. Asamblea LegislativaEl Ministerio de Hacienda reducirá el monto a cancelar por concepto al impuesto a la propiedad de vehículos automotores correspondiente al año 2021, creado por el artículo 9 de la Ley 7088, Ley de Reajuste Tributario y Resolución 18 Consejo Arancelario y Aduanero Centraoamericano, de 30 de noviembre de 1987, respecto a los parámetros fijados en esa norma, a consecuencia de la emergencia nacional del COVID-19, declarada por el decreto No, 42227.Item Ley 9078 Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial(Imprenta Nacional, 2012) Costa Rica. Asamblea LegislativaEsta ley regula la circulación, por las vías públicas terrestres, de los vehículos y de las personas que intervengan en el sistema de tránsito. Asimismo, regula la circulación de los vehículos en las gasolineras, en estacionamientos públicos, privados de uso público o comerciales regulados por el Estado, las playas y en las vías privadas, de conformidad con el artículo 207 de la presente ley. Se excluyen los parqueos privados de las casas de habitación y de los edificios, públicos o privados, que sean destinados únicamente a los usuarios internos de dichas edificaciones, donde privará la regulación interna de tales establecimientos. Igualmente, regula todo lo relativo a la seguridad vial, a su financiamiento, al pago de impuestos, multas, derechos de tránsito y lo referente al régimen de la propiedad de los vehículos automotores, tutelado por el Registro Nacional, a excepción del régimen de tránsito ferroviario y el tránsito de semovientes en la vía pública. En estos últimos dos casos, el interesado deberá hacer valer sus derechos en el proceso civil correspondiente.Item Adición del artículo 46 BIS y el transitorio VIII a la Ley No.7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad(Imprenta Nacional, 2006) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesAdicionase al artículo 46: autobuses en ruta, además adicionase al transitorio VIII: a partir de la entrada en vigencia del artículo 46 bis de esta Ley, todas las unidades que se autoricen para que operen por primera vez en el servicio de transporte público, por concesión o permiso, modalidad autobuses, deberán estar acondicionadas de conformidad con los requisitos de accesibilidad, incluida la rampa o plataforma y las medidas de las puertas de acceso.Item Reforma a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, No.7331(Imprenta Nacional, 2001) Costa Rica. Asamblea LegislativaPara el transporte de servicios especiales de estudiantes (buses, busetas y microbuses), excepto de estudiantes universitarios y los vehículos de carga deberán de estar provistos de cinturones de seguridad para todos sus ocupantes en un período de un año, a partir de la fecha de entrada en vigencia esta Ley.Item Ley 8121. Adición de dos transitorios al Código Electoral(Imprenta Nacional, 2001) Costa Rica. Asamblea LegislativaSerá obligación de los concesionarios y permisionarios del transporte público remunerado de personas en la modalidad de autobús, poner los al servicio del Tribunal Supremo de Elecciones, serán efectivas hasta que exista el voto electrónico, de lo contrario se dará el servicio normalmente.Item Ley 7964 Reforma del artículo 14 de la Ley Reguladora del Transporte Remunerado de personas en vehículos automotores, no.3505(Imprenta Nacional, 2000) Costa Rica. Asamblea LegislativaReforma del artículo 14 de la Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en vehículos automotores, que establece control sobre los derechos posesorios de la adjudicación de concesiones.Item Ley 7936. Reforma del artículo 33 de la Ley Reguladora del transporte remunerado de personas en vehículos automotores, No.3503(Imprenta Nacional, 1999) Costa Rica. Asamblea LegislativaSe reforma específicamente el artículo 33 de la citada Ley, en lo referente a las tarifas del transporte remunerado de personas, en concesiones y permisos.