Legislación

Permanent URI for this communityhttps://repositorio.mopt.go.cr/handle/123456789/470

Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.

En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI

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    Reglamento Interno para el Uso, Mantenimiento y Control de los Vehículos del Consejo de Transporte Público.
    (Imprenta Nacional, 2024) Consejo de Transporte Público (Costa Rica)
    El reglamento establece las disposiciones generales para la administración, utilización, control y mantenimiento de los vehículos automotores, maquinaria, equipo especial y combustible propiedad del Consejo de Transporte Público. Asimismo, regula los deberes y responsabilidades de los funcionarios encargados de su uso, con el fin de garantizar la adecuada administración de los recursos institucionales, el uso racional de los vehículos y el cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
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    Ejecutor de Programa Presupuesto Transporte Público
    (Imprenta Nacional, 2005) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Consejo de Transporte Público (Costa Rica)
    Delegar la firma de los actos y documentos referidos a la ejecución presupuestaria y propios del Ejecutor de Programa, en la señora Ana Leandro León, quien ocupa el cargo de Subejecutor del Programa Presupuestario 331-02 de este Ministerio.
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    Cánones modalidad autobuses y taxis
    (Imprenta Nacional, 2005) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Consejo de Transporte Público (Costa Rica)
    El Consejo de Transporte Público, hace del conocimiento de las empresas, cámaras, cooperativas y particulares prestatarios de los servicios de transporte público remunerado de personas en la modalidad de autobuses y taxis, que a partir del 1 de noviembre del 2005, se encontrará al cobro de regulación para el año 2006.