Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Ley 9583. Reforma del Artículo 78 de la Ley No. 7983, Ley de Protección al Trabajador, del 16 de febrero del 2000, y sus reformas para hacer efectivo el aporte a la universalización de la pensión a los trabajadores no asalariados(Imprenta Nacional, 2018) Costa Rica. Asamblea LegislativaRecursos para el fortalecimiento del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte. Se establece una contribución del quince por ciento (15%) de las utilidades netas de las empresas públicas del Estado que se encuentren en régimen de competencia o no.Item Ley 9516 Adición de un transitorio segundo a la Ley no. 8950, derechos prejubilatorios a los extrabajadores del Instituto Costarricense de Ferrocarriles, de 12 de mayo de 2011(Imprenta Nacional, 2018) Costa Rica. Asamblea LegislativaTodos los extrabajadores del Instituto Costarricense de Ferrocarriles (Incofer), cubiertos por la presente ley, que se encuentren en calidad de prejubilados con cargo al presupuesto nacional, cuando cumplan el derecho de pensionarse pasarán a ser pensionados del Fondo de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). La diferencia del monto que dejan de percibir al pasar a la CCSS será girada a cargo del Presupuesto nacional. Igual beneficio gozarán los afectados por las leyes en mención, que hayan pasado a la CCSS al momento de entrar en vigencia esta ley. Tal deferencia no será heredada por ningún causahabiente.Item Reforma del artículo 5 de la Ley No.7007 y el artículo 3 bis de la Ley No.7605(Imprenta Nacional, 2016) Costa Rica. Asamblea LegislativaLos empleados y los funcionarios de la Asamblea Legislativa y de la Contraloría General de a República y los que presten servicios en dependencias e instituciones del Estado, que tengan derecho a acogerse a los beneficios de la presente ley, podrán pedir su jubilación, con derecho a recibir una pensión igual al sueldo promedio devengado en la institución al momento de jubilarse, siempre que hayan servido más de treinta años y tengan más de cincuenta años de edad...Item Ley 9093 Reforma del Artículo 21 de la Ley No. 8422, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública(Imprenta Nacional, 2012) Costa Rica. Asamblea LegislativaArtículo 21- Funcionarios obligados a declarar su situación patrimonial: Los diputados a la Asamblea Legislativa, el presidente y los vicepresidentes de la República; los ministros, con cartera o sin ella, o los funcionarios nombrados con ese rango y los viceministros; los magistrados propietarios y suplentes del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones; los jueces y las juezas de la República; el defensor y el defensor adjunto...Item Ley 8990 Modificación de la Ley No.8220, protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos(Imprenta Nacional, 2011) Costa Rica. Asamblea LegislativaRefórmese los artículos 4,5,6,7 y 10 de la Ley No.8220, Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, de 4 de marzo de 2002: Artículo 4.- Publicidad de los trámites y sujeción a la ley. Artículo 5.- Obligación de informar sobre el trámite.-Artículo 6.- Plazo y calificación únicos. Artículo 7.- Procedimiento para aplicar el silencio. Artículo 10.- Responsabilidad de la Administración y el funcionario. Además en el Artículo 2, se adiciona los artículos 11,12,13 y 14. Artículo 11.- Rectoría. Artículo 12.- Evaluación costo o beneficio. Artículo 14.- Criterio del órgano rector. Artículo 14.- Transitorio.Item Adición del inciso F) al Artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, No.7092, para exonerar el salario escolar del pago de este impuesto(Imprenta Nacional, 2008) Costa Rica. Asamblea LegislativaArtículo 35.-Ingresos no sujetos: no serán gravados con este impuesto los ingresos que las personas perciban por los siguientes conceptos: f) El monto total que reciben, por concepto de salario escolar, los trabajadores.Item Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública(Imprenta Nacional, 2004) Costa Rica. Asamblea LegislativaLos fines de la presente Ley serán prevenir, detectar y sancionar la corrupción en el ejercicio de la función pública.Item Reforma del artículo 40 de la Ley General de Salud, No.5395, y modificaciones de la Ley de Incentivos a los profesionales en Ciencias médicas, No.6836(Imprenta Nacional, 2004) Costa Rica. Asamblea LegislativaSe modifican los incentivos de los profesionales en ciencias de la salud en las especialidades: farmacia, medicina, microbiología química clínica, odontología, veterinaria, enfermería, nutrición y psicología clínica.Item Ley 5867. Compensación económica sobre el salario base de la escala de sueldos de la Ley de Salarios de la Administración Pública (Prohibición)(Imprenta Nacional, s.f.) Costa Rica. Asamblea LegislativaSe establecen los requisitos para gozar de la compensación económica sobre el salario base de la escala de sueldos de la Ley de Salarios de la Administración Pública.Item Derogación del tipo penal de desacato(Imprenta Nacional, 2002) Costa Rica. Asamblea LegislativaLa amenaza a un funcionario público será sancionado con prisión de un mes a dos años, a causa de sus funciones, dirigiéndose a el personal o publicamente o mediante comunicación escrita, telegráfica o telefónica o por la vía jerárquica