Legislación

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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.

En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI

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    Dirigida a definir la fecha límite para la implementación del protocolo de internet IPv6 en el Sector Público Costarricense
    (Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones
    La presente directriz tiene como objeto informar a los órganos, entes, instituciones y empresas del Sector Público Central y descentralizado, de la fecha límite para la implementación del Protocolo de Internet IPv6 de conformidad con el último reporte sobre Distribuciones/Asignaciones IPv4 , espacio y disponible y pronósticos realizado por el LACNIC (Latin American and Caribbean Internet Addresses Registró en español: Registros de Direcciones de Internet para Latinoamérica y el Caribe), y con el Informe IT-GR-2012-014 del Viceministerio de Telecomunicaciones llamado Recomendación para el establecimiento de la fecha límite de implementación de IPv6.
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    Dirigida al Sector Público
    (Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Hacienda; Costa Rica. Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones
    A partir de la publicación de esta directriz las instituciones del sector público privilegiarán, cuando sea posible y conveniente, la adquisición de soluciones de cómputo en la nube sobre otro tipo de infraestructura. Esto aplica para equipos, licencias y sistemas informáticos, servidores de hospedaje de páginas Web, servidores de aplicaciones, correo electrónico, muros de fuego, sistemas operativos, sistemas ofimáticos, bases de datos u otras tecnologías informáticas ya sea para el usuario final o para el centro de datos en sí, o cualquier otro tipo de desarrollo tecnológico. Se busca con esta directriz facilitar el acceso a plataformas tecnológicas en concordancia con los planes de modernización del Estado y garantizar su disponibilidad independientemente de ubicación física, respetando criterios de uso racional de recursos públicos.
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    El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones y la Dirección de Certificadores de Firma Digital, informa sobre la entrada en vigencia de las siguientes políticas
    (Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones
    El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones y la Dirección de Certificadores de Firma Digital, con fundamento en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos No.8454 y el artículo 29 del Decreto Ejecutivo No.33018-MICIT Reglamento a la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, informan sobre la entrada en vigencia de la siguientes políticas: versión 1.1 de la Política de Certificados para la Jerarquía Nacional de Certificadores Registrados. Versión 1.0 de la Política de Formatos Oficiales de los Documentos Electrónicos Firmados Digitalmente. Las políticas se encuentran disponibles en la página electrónica del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICIT), cuya dirección es www.micit.go.cr.
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    Creación del Sistema Nacional de Información Territorial
    (Imprenta Nacional, 2013) Costa Rica. Ministerio de Justicia y Paz; Costa Rica. Ministerio de Hacienda; Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía; Costa Rica. Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones
    Créase el Sistema Nacional de Información Territorial, que podrá denominarse por sus siglas SNIT, como un sistema que publicita y publica en forma integral la información territorial temática debidamente georeferenciada, estandarizada y compatibilizada a la información territorial de base constituida por la cartografía catastral y topográfica oficial, generada en una primera etapa a partir de los levantamientos ortofotogramétricos, topográficos y cartográficos, por el Programa de Regularización del Catastro y Registro a diferentes escalas, así como la ortofotografía aérea, la imagen de satélite, así como cualquier otro tipo de medio que estime el Registro Nacional.