Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Decreto 25474. Modifíquese los numerales 1,2, y 6 del artículo 1. MOPTdel 20 de setiembre de 1990, publicado en el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 20194-MOPT del 17 de enero de 1991, publicado en "La Gaceta" no. 21 del 30 de enero de 1991(Costa Rica. Asamblea Legislativa, 1990) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesContiene el rubro y las tarifas: atención a las naves, estadía por metro eslora-hora, muellaje de importación por tonelada métrica, y muelle de exportación por tonelada métrica.Item Decreto 20003. Aprobar las siguientes tarifas portuarias para los servicios que brinda la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica JAPDEVA en el complejo portuario Limón/Moin(Costa Rica. Asamblea Legislativa, 1990) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesContiene el rubro y las tarifas: atención a las naves, estadía por metro, suministro de agua potable, servicio de lancha, servicio remoleador y muellaje de importación.Item Resolución No. 0002129. “Declaratoria de Interés Público y Mandamiento Provisional de Anotación”,en relación al inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Ampliación Ruta 700 Ron Ron-Sucre”(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesLa construcción del proyecto denominado “Ampliación Ruta 700 Ron Ron-Sucre”. Declaración de interés público, respecto a la finca inscrita: 2-095267-000, situado en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela, un área de 1.668,00metros cuadrados, cuyos linderos se encuentran limitados en el plano catastrado N° A-2282156-2021, necesaria para la construcción del proyecto denominado: “Ampliación ruta700 RonRon-Sucre”.Item Decreto 43372-MOPT-S. Reforma a los Decretos Ejecutivos Número 42253-Mopt-S del 24 de Marzo De 2020, denominado Restricción vehicular en Horario nocturno para mitigar los efectos del Covid-19 y 42295-Mopt-S del 11 de Abril de 2020, denominado Restricción Vehicular Diurna ante el Estado de Emergencia Nacional en todo El Territorio Costarricense por el Covid-19(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludEl Decreto Ejecutivo estableció la aplicación de la restricción vehicular diurna a nivel nacional desde el 13 de abril de 2020 hasta el 15 de enero de 2022, sujeta a revisión según el comportamiento epidemiológico del COVID-19. Asimismo, de forma transitoria, se dispuso que entre el 20 de diciembre de 2021 y el 15 de enero de 2022 la restricción vehicular nocturna rigiera únicamente entre las 00:00 y las 04:59 horas, con las excepciones previstas en el decreto. Adicionalmente, se determinó que los días 25 de diciembre de 2021 y 1 de enero de 2022 no se aplicaría la restricción vehicular nocturna en todo el territorio nacional.Item Decreto 43240. Actualización de Tarifas de acarreo y Custodia de Vehículos detenidos por Infracciones a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial No. 9078, para El Año 2022(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl presente decreto tiene como objetivo la actualización de las tablas con los montos de las tarifas por acarreo y custodia de vehículos detenidos establecidas en los incisos a) y b) del artículo 2° del “Reglamento para el Cobro de Tarifas por Acarreo de Vehículos Detenidos por Infracciones a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial No. 9078 y por su Custodia en los Depósitos Institucionales” No. 39098 del 2 de junio de 2015, para el año 2022, conforme lo establece el artículo 15 de dicho cuerpo normativo.Item Reglamento de gestión de Cobro Administrativo, extrajudicial, judicial del Instituto Costarricense de Ferrocarriles(Imprenta Nacional, 2021) Instituto Costarricense de Ferrocarriles; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl presente reglamento tiene por objeto establecer las normas que regulan el cobro administrativo, extrajudicial y judicial de las obligaciones dinerarias de plazo no vencido y vencidas que se adeuden a favor del Instituto Costarricense de Ferrocarriles.Item Reglamento. Modificación al “Reglamento para la Atención de Situaciones Imprevisibles y el Procedimiento de Contratación aplicable”(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Consejo Nacional de Vialidad (Costa Rica)El Consejo Nacional de Vialidad, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 5° de la “Ley de Creación del CONAVI” Ley no. 7798 del 29 de mayo de 1998 y el artículo 132 de la “Ley General de la Administración Pública” Ley no. 6227 del 02 de mayo de 1978, y contando con la recomendación legal respectiva, procede a realizar una modificación a su reglamentación interna para la atención de las situaciones imprevisibles y el procedimiento de contratación aplicable.Item Decreto 43123. Reforma al Decreto Ejecutivo no 22483-Mopt, Reglamento Sobre las Dimensiones de los Derechos de Vía en los Ferrocarriles Nacionales(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl Decreto Ejecutivo N.° 43123 reforma el artículo 5 del Decreto Ejecutivo N.° 22483-MOPT, Reglamento sobre las dimensiones de los derechos de vía en los ferrocarriles nacionales. La reforma tiene como finalidad actualizar y precisar las disposiciones técnicas y normativas relacionadas con la delimitación de los derechos de vía ferroviarios, con el objetivo de fortalecer la regulación de la infraestructura ferroviaria nacional y asegurar su adecuada gestión, planificación y protección conforme a las competencias del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.Item Reglamento ACA 1-21-483 (74).Reforma al Reglamento de netiqueta y uso de internet, correo electrónico, redes sociales, reuniones virtuales, chat, firma digital y documentos electrónicos de Conavi(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Consejo Nacional de Vialidad (Costa Rica)Son normas para el uso del CEIN las siguientes:(...) xv. Con el fin de agilizar el envío de información, no se podrán enviar mensajes masivos, a menos que sea un asunto oficial, para lo cual deberá solicitar el comunicado interno a la Unidad de Comunicación e Imagen. El usuario será el responsable por el contenido de los mensajes, a efecto de que cumplan la característica de ser mensajes oficiales y de carácter laboral. (...)”.a)Se reforma el artículo 08 del Reglamento de netiqueta y uso de internet, correo electrónico, redes sociales, reuniones virtuales, chat, firma digital y documentos electrónicos de Conavi.Item Decreto D-43335-MOPT. Incorporación del transitorio V al Decreto Ejecutivo No. 41431-MOPT Suspensión de la ejecución del Reglamento para la explotación de servicios especiales de transporte automotor remunerado de personas(Imprenta Nacional, 2021) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe autoriza la renovación hasta diciembre de 2022 de los permisos especiales para transporte de estudiantes que estuvieran vigentes a diciembre de 2021, sin requerir contrato previo, en razón de la incertidumbre generada por la pandemia de COVID-19 respecto al inicio del curso lectivo presencial; una vez que el Ministerio de Educación Pública defina la fecha de inicio de clases presenciales, los operadores deberán presentar los contratos correspondientes en un plazo de 20 días hábiles, disposición que también aplica a los permisos bajo la modalidad CENCINAI, estableciéndose que el incumplimiento de este requisito dará lugar al procedimiento de cancelación del permiso.
