Legislación
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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.
En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI
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Item Decreto Nº 45311 - MOPT. Reforma del Párrafo Primero del Artículo 4 del Reglamento para La Regulación y Explotación de Servicios de Transporte Terrestre de Turismo, Decreto Ejecutivo Nº 36223 -Mopt -Tur del 6 de Setiembre de 2010 y sus Reformas(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesEl decreto reforma el artículo 4 del Reglamento para la Regulación y Explotación de Servicios de Transporte Terrestre de Turismo, estableciendo que solo podrán operar vehículos autorizados por el Consejo de Transporte Público con una antigüedad máxima de 20 años. Asimismo, se indica que estos vehículos deberán contar con capacidad mínima de nueve pasajeros, exceptuando los vehículos doble tracción destinados a zonas de difícil acceso y los vehículos de lujo, que podrán tener capacidad mínima de cinco personas. La reforma rige desde su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.Item Decreto ejecutivo Nº 45200 MOPT-TUR. "Moratoria Temporal para Permisos de Transporte Especial Remunerado”(Imprenta Nacional, 2025) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de TurismoEl artículo establece una moratoria de seis meses, prorrogable por dos meses adicionales, para el otorgamiento de nuevos permisos de transporte automotor remunerado en las modalidades de turismo, trabajadores, estudiantes y ocasionales. Durante este periodo, los permisos vigentes continuarán operando bajo la normativa existente, y se permitirá que aquellos vencidos por menos de un año puedan mantenerse activos, siempre que sus titulares demuestren haber gestionado la sustitución de unidades o estar al día con la Caja Costarricense de Seguro Social antes del vencimiento.Item Decreto 43816. Derogar el decreto ejecutivo nº 41431-mopt del 7 de noviembre de 2018, "Suspensión de la ejecución del reglamento para la explotación de servicios especiales de transporte automotor remunerado de personas y sus reformas"(Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSe deroga el Decreto Ejecutivo 41431-MOPT del 7 de noviembre de 2018 publicado en La Gaceta nº 238 del 21 de diciembre de 2018, y sus reformas, por cuanto no ha operado la suspensión, debido a que se mantiene la necesidad de autorización de servicios especiales al amparo del Decreto Ejecutivo 15203-MOPT, por cuanto se solicitan permisos especiales por primera vez, renovaciones, en las modalidades de estudiantes, trabajadores, turismo y ocasionales, de acuerdo con los principios de razonabilidad, proporcionalidad, eficiencia y eficacia y el buen funcionamiento en los servicios públicos.Item Decreto 42606. Reforma a los decretos ejecutivos número 42253-MOPT-S del 24 de marzo de 2020 y 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020 y sus respectivas reformas(Imprenta Nacional, 2020) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de SaludExcepciones a la medida de la restricción vehicular diurna. Los vehículos de transporte público destinados al transporte remunerado de personas en cualquiera de sus modalidades (autobús, microbús, buseta, taxi, servicio especial estable de taxi) el servicio especial de trabajadores, turismo y estudiantes que cuenten con placa de servicio público, así como de carga autorizado por el Consejo de Transporte Público que cuente con el permiso respectivo al día.Item Decreto 42193. Creación del Consejo Nacional de Competitividad Turística(Imprenta Nacional, 2020) Costa Rica. Ministra de Turismo; Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Costa Rica. Ministerio de Seguridad Pública; Costa Rica. Ministerio de Economía, Industria y Comercio; Costa Rica. Ministerio de Cultura y Juventud; Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía; Costa Rica. Ministerio de SaludCréase el Consejo Nacional de Competitividad Turística, conocido pos sus siglas CONACOT, como un organismo interinstitucional de asesoría política y de coordinación estratégica entre el sector público y privado, según las competencias de cada una de las instituciones representadas en el Consejo, para hacer de la industria turística una actividad altamente competitiva.Item Decreto 41573. Adición del Transitorio III al Decreto Ejecutivo 41431-MOPT, suspensión de la ejecución del reglamento para la explotación de Servicios Especiales de Transporte Automotor Remunerado de Personas(Imprenta Nacional, 2019) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesAdición del Transitorio III al Decreto Ejecutivo 41431-MOPT, suspensión de la ejecución del reglamento para la explotación de Servicios Especiales de Transporte Automotor Remunerado de Personas. Para el curso lectivo 2019, aquellos casos de permisos especiales de esta modalidad de acuerdo a la conveniencia y oportunidad de autorización, con fundamento a las solicitudes avaladas por el Ministerio de Educación Pública.Item Decreto 41431.Suspensión de la ejecución del Decreto Ejecutivo no. 15203-MOPT y sus reformas(Imprenta Nacional, 2018) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y TransportesSuspender la aplicación y ejecución del Decreto Ejecutivo no. 15203-MOPT publicado en La Gaceta no.38 del 22 de febrero de 1984, reformado por el Decreto Ejecutivo no.20141-MOPT, publicado en La Gaceta no.13 del 18 de enero de 1991 y el Decreto Ejecutivo no.29584-MOPT, publicado en La Gaceta no.115 del 15 de junio de 2001, que regulan los permisos especiales ocasionales (excursiones) y estables (turismo, estudiantes y trabajadores)Item Decreto 39523 Reforma al Decreto Ejecutivo No.36223-MOPT-TUR Reglamento para la regulación y explotación de servicios de Transporte Terrestre de Turismo(Imprenta Nacional, 2016) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Instituto Costarricense de TurismoRefórmase el artículo 4o. del Decreto Ejecutivo No.36223-MOPT-TUR Reglamento para la Regulación y Explotación de Servicios de Transporte Terrestre de Turismo. Para la explotación de los servicios de transporte de turistas regulados en el presente reglamento, deberán utilizarse únicamente los vehículos autorizados por el Consejo de Transporte Público con el rango de antiguedad máximo de 10 años, etc.Item Reglamento para la Regulación y Explotación de Servicios de Transporte Terrestre de Turismo(Imprenta Nacional, 2010) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Instituto Costarricense de TurismoCorresponde al Consejo de Transporte Público, autorizar todos los permisos de transporte terrestre de turismo con el fin de movilizar personas a sitios de interés turístico dentro del territorio nacional para el disfrute de actividades relacionadas con el ocio, el descanso o el recreo y no con el trabajo ni el estudio.Item Derogatoria de los artículos 15,16 y 17 del Decreto Ejecutivo No.36223-MOPT-TUR, Reglamento para la Regulación y explotación de Servicios de Transporte Terrestre de Turismo(Imprenta Nacional, 2010) Costa Rica. Ministerio de Obras Públicas y Transportes; Instituto Costarricense de TurismoDeróguese los artículos 15, 16 y 17 del Decreto Ejecutivo No.36223-MOPT-TUR, Reglamento para la regulación y explotación de servicios de transporte terrestre de turismo, publicado en La Gaceta No.200 del 14 de octubre del 2010.
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