Legislación

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Esta sección contiene legislación relacionada con el Sector Transporte e Infraestructura; se incluye además legislación en general del Sector Público que debe ser de acatamiento para los Ministerios y demás instituciones. El periodo que cubre está entre los años 1916 a la fecha; por lo que nos encontramos en proceso de incorporar el texto completo.

En caso de necesitar alguno de estos documentos y no se encuentra a texto completo, por favor contáctenos al Centro de Información y Documentación para ayudarle al teléfono 2523-2332 o al correo electrónico gestion@mopt.go.cr. También puede localizarlos en el sitio web SINALEVI

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    Directriz 005. Instauración del teletrabajo por responsabilidad de cuidados de menores de edad ante el receso lluvioso decretado por el Ministerio de Salud de los centros educativos
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Ministerio de la Presidencia; Costa Rica. Ministerio de la Condición de la Mujer; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
    Se instruye a toda la Administración Pública Central y se insta a la Administración Pública Descentralizada, para que se aplique como medida urgente y excepcional, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo para todas las personas funcionarias que tienen a su cuidado, personas menores de edad, a quienes les aplica la directriz emitida por el Ministerio de Salud sobre la suspensión de clases durante esta semana, para evitar el contagio de enfermedades respiratorias de niñas y niños, sin que afecte la continuidad de los servicios públicos prestados en sus instituciones.
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    Directriz N° 002-MTSS-MIDEPLAN. "Sobre La Implementación Del Teletrabajo Como Modalidad Ordinaria"
    (Imprenta Nacional, 2022) Costa Rica. Presidencia de la República; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
    Artículo 1 º.- Se instruye a toda la Administración Pública Central y se insta a la Administración Pública Descentralizada, se aplique el teletrabajo como una política institucional, para todas las personas funcionarias que, de manera voluntaria, decidan acogerse a esta modalidad, en aquellos puestos que así lo permitan y sin afectar la continuidad de los servicios públicos, ni la atención de las personas usuarias de los servicios que presta la institución.
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    Directriz 098-2020 “Reforma a la Directriz N° 077-S-MTSS-MIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por Covid-19"
    (Imprenta Nacional, 2020) Costa Rica. Ministerio de Salud; Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica; Costa Rica. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
    Artículo 1°. - Refórmense los artículos 1 y 2° de la Directriz N° 077-S-MTSS-MIDEPLAN del 25 de marzo de 2020, "Sobre el Funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por el COVID-19", para que en adelante se lean de la siguiente: “Artículo 1°. - Se instruye a la Administración Central y se insta a la Administración Descentralizada, a establecer de manera inmediata un plan de retorno de aquellas oficinas que brindan atención al público de manera presencial, en el que se garantice la continuidad de aquellas tareas necesarias para asegurar el fin público institucional, así como el cumplimiento estricto de los protocolos sanitarios del Ministerio de Salud para la atención de la emergencia nacional por COVID-19. Artículo 2°.- Podrá continuarse bajo la modalidad de teletrabajo en aquellos puestos que sea posible, sin afectar la continuidad de los servicios institucionales de atención al público, según los términos del artículo anterior. Se insta a la Administración Pública Descentralizada a la aplicación de la presente disposición.